miércoles, diciembre 26, 2007

Material interesante


Es una verdad de perogrullo que quien prueba lo que alega gana el juicio, mejor dicho, quien prueba en forma más convincente lo que sostiene es quien gana el juicio (bah... normalmente... no mejor no especifico...), por ello es de vital importancia es saber cuando uno pide una medida, saberla pedir, y saber que se está pidiendo (ya se que es una obviedad, pero muchas veces la gente desvaria creyendo que un DNS es un DNI de otro pais o algo así) y a quien pedirselo.-
Sin mucho más preámbulo, les recomiendo que visiten el sitio de A.D.I.Ar, más especificamente el material de consulta, donde van a poder encontrar un PPT del Ing. Luis Arellano Gonzalez y su Sra. esposa, Maria Elena D´harauge, quienes tienen es estudio pericial "El Azar", que muestra en clara simple, sencilla y sin grandes rollos, lo que les comentaba más arriba..., que, donde, cuando, como... pedir una pericia informática.-
Espero les sirva, y gracias Luis y María Elena.-

jueves, diciembre 20, 2007

No entiendo mucho ya.. o demasiado quizas...


Leo por todas lados los reclamos, quejas, juicios, contrajuicios, etc que surgen a raíz de la aplicación de un canon a la venta de Cd´s en España.-
Acá en la Argentina, como no nos gusta ser menos que nadie, tambien entramos a analizar el tema..., según datos de CAPIF, uno de cada dos discos que se venden es trucho, osea pirata, es decir grabado sin respetar los derechos de autor correspondientes.-
También alegan quienes son pro canon que las ventas legales han caido a la mitad, y que esto es una manera de cubrir dichas pérdidas.-
Ahora bien yo soy medio corto, o no le están apuntando bien al tema, pero en teoría, ¿la finalidad de la ley no era luchar contra las copias piratas?, con poner un impuesto a los Cd´s (le siguen los telefonos celulares, los pen drive, los mp3, los mp4 etc etc)? ¿Como es que un impuesto lucha contra las copias ilegales?.-
En realidad lo que hace es gravar una actividad que en algunos casos es privada y lícita, (es decir cobrarnos por las dudas), pero no hace absolutamente nada contra quienes llevan a cabo la actividad delictiva en cuestión.-
Sinceramente creo que los que graban Cd´s, lo van aseguir haciendo, cobrando un poco más caras las grabaciones ( o quizás no... depende de como perciban el mercado), y nosotros los que no lucramos con ello, les subsidiaremos el curro, eso si... de medidas efectivas que realmente apunten a detener los ilicitos... nada.-
En infobaeprofesional, abogados pueden leer un artículo al respecto bastante completo.-

martes, diciembre 18, 2007

Muchas preguntas para un solo post..., que problema no...?


Tiene Copyright..., pero no... es Copyleft..., bah, mejor dicho es creative commons, o quizás ni uno solo de esos....-
En esta disyuntiva me puso Radiohead..., que es eso?, como se come?, quienes son? o donde es?, bien, es una banda de rock, no se si buena o mala, es una banda de rock, tiene 7 álbumes editados con 15 o 16 años de carrera, en fin podría decirse que han pagado su derecho de piso y que subsisten bastante exitosos. Pero en definitiva, no son tan importante esos datos como lo que en verdad quería comentarles y que tiene que ver un poco más con la temática del blog, se trata sobre la modalidad que han implementado para "vender" su disco, la cosa es más o menos así: en su sitio colgaron el álbum completo, absolutamente gratis... si, sin pagar nada, no cost anything (creo que se escribe así), el que se lo quiere descargar lo puede hacer con la conciencia tranquila de no estar robando nada, apenas leí esto me dije: Es Copyleft!!!, no tiene copyright!!, después seguí averiguando y en realidad no es tan así...¿¿¿???, claro, paga el que quiere, vos o Ud. (depende si le molesta que lo tutee) entrás al sitio, lo descargas y pagas lo que te parece que vale el disco, los montos van de CERO a 212 dólares.-
No voy a entrar a analizar cuanto han recaudado promedio ni cuantas descargas tuvieron no sólo porque no me interesa para el post, sino porque no lo se jejejejej.
Lo que si voy a hacer es preguntarme y porque no, preguntarles... Copyright hay porque los derechos los tienen registrados, pero Copyleft también porque lo comparten, la cuestión estaría centrada en lo siguiente:
a - En caso de que uno compre un Cd de ellos y quiera copiarlo y revenderlo..., cuales derechos estaría violando, creo que los de Copyright, pero... ellos al promover esta modalidad, no estarían liberando los mismos,
b - Si no les importa cobrar aunque sea un dolar por su disco, porque habría de importarles que alguien lo cobre?,
c - En caso de que el que grabe el disco en un Cd y lo cobra, decide con posterioridad mandarles un dolar o dos o los que sean por cada copia vendida?, sería distribuidor... o gestor... o mandatario...., o nada...
d - muchas preguntas para un solo post... o no....-

lunes, diciembre 10, 2007

los primos si... y nosotros no...


En estos días que han pasado hemos leido en todos (o casi todos) los medios argentinos el tema de la implementación de Firma Digital en nuestro país. También hemos leido que la AFIP ha sido el primer ente en solicitar a la ONTI el ser entidad certificante, más allá de los pensamientos espurios que podemos llegar a tener sobre nuestra oficina recaudadora, es remarcable su trabajo y los resultados obtenidos (los cuales suelo padecer), a la hora de implementar tecnología para facilitar la tarea de los contadores ya sea que presenten declaraciones juradas o realizar otros trámites.-

Mi duda existencial si las hay es: cual es la diferencia existente entre la AFIP y el Poder Judicial (nacional o provincial el que prefieran)?, les pido por favor que no sean groseros..., ya se que el primero es el ente recaudador de impuestos y el segundo es el uno de los Poderes del estado que específicamente se encarga de la justicia, a lo que me refiero en particular es, ¿porque a los contadores se les ha podido incorporar la tecnología para facilitarles su tarea? y nosotros los abogados seguimos esperando algún tipo de avance que vaya más allá del poder ver un proveido por Internet, eso si!! sin tener ningún tipo de certeza de que el mismo sea el que está en el expediente, porque aunque suene feo al decirlo esas cosas ocurren....-

Para ser sincero no he escuchado grandes quejas de los primos diciendo que por ej. el hacer las declaraciones juradas por internet hace más cara su labor o que vulnera algún pseudo derecho adquirido, o que se yo, simplemente el que no se conecta pierde, dicho en téminos groseros, la AFIP se modernizó y avanzó en mejores prestaciones y brindar mejores servicios, el que no quería prenderse no lo hacía... eso si!! si no lo hacía se quedaba afuera y a llorar a la casa de la nona, más lo pienso y menos se me ocurre el porque, ni por donde pasan nuestras limitaciones para que no se pueda implementar una modalidad de trabajo similar o afin a los planteado en el ámbito contable.-

Definitivamente cada día que pasa, me convenzo que es todo una cuestión de formación y cultural.-

Por supuesto que puede ser que esté hablando pavadas, esa es una cuestión que no pienso debatir, pero si es así me gustaría, encantaría, disfrutaría, me haría la vida más simple, que alguien me lo explique porque yo... no lo se, como única conclusión puedo decir primos 1 - nosotros 0.-

domingo, diciembre 09, 2007

Jornada de A.D.I.Ar. últimas reflexiones


Ya se que me demoré y que no cumplí nunca el: "... mañana comento los otros paneles...", pero que le vamos a hacer, el trabajo, la vagancia, y la falta de una idea concreta que expresar me retrasaron.-
El Panel 2 estuvo integrado por Martín Carranza Torres, Lucas Tamagno y Eduardo Molina Quiroga, hablaron sobre la Responsabilidad de los ISP.-
Comenzó el Dr. Molina Quiroga, quien haciendo gala de gran ductilidad habló genericamente sobre las responsabilidades de los intervinientes en la cadena de Internet (usuarios, proveedores, propietarios de sitios etc), le siguió el Dr. Carranza Torres, quien no obstante manifestar sentirse un poco desubicado en el temario del panel, lo supo disimular muy bien, con bastante oficio, se refirió a la problemática aludiendo a casos concretos, por último El Dr. Tamagno, se explayó sobre la normativa internacional, quizás el más técnico de los tres expositores, pero no menos interesante.-
A la tarde en primer término se desarrolló el panel nº 3 con impresionantes juristas, los Dres. Eduardo Favier Dubois - Arnoldo Kleidermacher - Gerardo Vassallo, dieron tres clases sobre la aplicación de herramientas informáticas a un proceso concursal, quizás como algunos señalaran (casi acertadamente diría) fue el panel que menos relación tenía con el Derecho informático, pero creo que desde el momento que existen cuestiones tecnológicas que intervienen en la cuestión ello abre la puerta para lo que me gusta denominar como Derecho Informático Impropio, en la ingerencia de esas herramientas tecnológicas es que está la interdesciplinariedad (si es que existe esta palabra) de la cuestión.-
Para finalizar tuve el orgullo y honor de moderar el panel 4 donde desarrollaron sus temas los Dres. Matías Altamira Gigena - Javier Fernández Moores - Gonzalo López del Carril, comenzó el Dr. Fernandez Moore, una lección de el valor probatorio del correo electrónico, continuó el Dr. Lopez del Carril, haciendo una evolución histórica del tema y una breve descripción de la situación actual, finalizó el Dr. Altamira Gigena, quien a esa altura, con la gente ya muy cansada, los supo mantener entretenidos y explicó los recaudos a tener en cuenta respecto de este tema.-
Bien, ya está, me costó pero terminé de comentar la jornada, llegado a esta altura, se preguntarán sin todo estuvo maravilloso,todo estuvo bárbaro, A.D.I.Ar. es perfecto? fue todo impoluto? en absoluto!!! hubo errores, hubo fallos, pero somos humanos no? fue nuestra segunda experiencia organizando estos eventos, y sobre los siguientes iremos mejorando, el que quiera criticas..., que las lea en otro lado.-
Ah!! Me olvidaba, se firmó con la Fundación Justicia y Mercado, un convenio de reciprocidad académica, y nuestros Presidentes respectivos dijeron sus discursos, el de Horacio lo transcribo en el post más abajo

lunes, diciembre 03, 2007

Continuando con la Jornada de A.D.I.Ar.


Amigos, de vuelta por mis pagos, he tenido que ponerme al día con los clientes, por ello dejaré para mañana el comentar los paneles 2,3,4 de la Jornada de Derecho informático, como adelanto, les trasncribo las palabras de cierre que dio el Dr. Horacio Fernandez Delpech.-
No voy a decir nada porque sino quedo como demasiado obsecuente, pero no puedo dejar de mencionar lo acertadas de las mismas, máxime cuando el nivel de desidia que existe en materia jurídica relativa a estas lides es tremendo, sin más lean:

"Estimado amigos: Cuando en el mes de Junio de este año, por iniciativa de Guillermo Zamora, nos reunimos en Trelew en la Primer Jornada de Derecho Informático y constituimos la Asociación de Derecho Informático de Argentina, fue nuestro firme propósito que esta Asociación no tuviera un papel meramente pasivo, sino que tuviera un rol activo y pudiera contribuir de alguna forma con el desarrollo del derecho informático, realizando eventos que aunque fueran modestos sirvieran par discutir temas del Derecho Informático.

De allí este encuentro en donde creo que nuestras expectativas se han cumplido.

Pero antes de cerrar esta Jornada quiero hacer algunas reflexiones referidas al Derecho Informático en Argentina

Vivimos una época difícil para esta nueva rama del derecho.

Los cambios tecnológicos son cada vez mas rápidos y las respuestas del derecho a veces llegan tarde ante los nuevos desafíos.

La Argentina que hace unos años pareció que se enrolaba en los países en los que se daba importancia al dictado de normativas relacionadas con las nuevas tecnologías, pareciera ahora que se esta quedando atrás.

El flagelo de la delincuencia informática castiga a nuestro país, que poco a poco se va convirtiendo en unos de los paraísos de la triangulación internacional de la delincuencia informática. El phishing, el robo de identidad, la pedofilia por Internet, el turismo sexual, en fin una serie de conductas delictivas ajenas hasta hace poco a la Argentina, se han transformado en cosa corriente en el Internet Argentino.

Y ello fundamentalmente por la ausencia de una normativa de delitos informáticos o como suelo yo personalmente llamarlos, de delitos comunes cometidos por medios informáticos.

Tuvimos hace unos años un proyecto de ley que obtuvo media sanción legislativa, pero que por falta de impulso en la segunda Cámara, el proyecto quedo sin efecto.

Desde el año pasado tenemos un nuevo proyecto aprobado por la Cámara de Diputados en el mes de Octubre y que hace solo dos días ha sido aprobado con algunas modificaciones por la Cámara de Senadores, por lo que debe volver a diputados. Esperemos que Diputados apruebe este proyecto y tengamos finalmente una ley de delitos informáticos, que, aun con los defectos que pueda tener, evidentemente será una herramienta útil en la lucha contra la delincuencia.

En materia de Propiedad Intelectual la Argentina suscribirlo hace ya tiempo los tratados Internet de la OMPI e incluso los aprobó legislativamente, pero pese a que estos tratados imponen el dictado de una normativa de adecuación de ciertos temas de propiedad intelectual al ámbito digital y una normativa que de protección jurídica frente a la elusión de las medidas tecnológicas, nada se ha hecho hasta el presente.

Y que puedo decir del SPAM, que por falta de una regulación apropiada nos ha dado el lamentable privilegio de ser uno de los países de donde sale el 90 % del spam que circula por el mundo, lo que ha llevado incluso a que algunos estados europeos estén bloqueando el ingreso del correo electrónico con punto de origen en Argentina.

En materia de Protección de Datos Personales se ha hecho ya mucho en la Argentina, pero se hace necesario continuar con la implementación de un efectivo régimen de protección de los datos personales y en particular tratar de desvincular al organismo nacional de contralor del sistema de organismos políticos del estado. Pongo de resalto que la Argentina obtuvo en el año 2003 la calificación por parte de la Comisión de las Comunidades Europeas de ser un país que garantizaba un nivel adecuado de protección de datos personales. Bueno, esta calificación que no todos los países la han obtenido, esta ha punto de ser modificada, por considerar Europa que la vinculación del organismo de control con el poder político (la Dirección Nacional de Protección de Datos Personales es una dependencia del Ministerio de Justicia), conspira contra la independencia del organismo de control y de esta forma con un adecuado nivel de protección.

Es necesario completar en forma urgente la modificación del régimen de nombres de dominio argentina, proceso este encarado por las actuales autoridades de NIC Argentina. Esta mañana tuvimos un panel de lujo que nos hablo sobre el tema e incluso, Gustavo Soliño, responsable actual de NIC Argentina, nos adelanto aunque de forma muy general los cambios que tienen a estudio.

En fin, son muchos los temas pendientes en nuestra disciplina y reclamamos desde aquí, una decisión política en este sentido.

Pero bueno, solo me resta agradecerles a todos ustedes su presencia, a los panelistas, moderadores, relatores en fin a todos y cada uno de los que han participado en este evento el sincero agradecimiento. Y a los amigos de Justicia y Mercado, con quien hemos compartido la responsabilidad de esta Jornada, debemos también darle nuestro especial reconocimiento.

Agradezco también a una serie de estudio jurídico que han colaborado económicamente con el evento y que están mencionados en el programa. Agrego a estos al estudio Marbal OFarrell que lamentablemente fue omitido en ese listado.

Va también finalmente mi especial reconocimiento para Flavio Várennes, Secretario de ADIAR y Vicepresidente de Justicia y Mercado quien ha sido un motor importante en la realización de esta jornada.

Muchas gracias.

Horacio Fernández Delpech"

Presidente de la Asociación de Derecho Informático de Argentina

sábado, diciembre 01, 2007

Pasaron las 2º Jornadas de A.D.I.Ar. y Justicia y Mercado



En el día de ayer viernes, se desarrollaron las 2º Jornadas de Derecho informático Organizado por la Asociación de Derecho Informático de Argentina y la Fundación Justicia y Mercado.-
Que se puede comentar de las mismas?, la verdad bastante, comenzó puntual, con la presencia de Sebastian Riciardi, Gustavo Soliño de Nic.ar, Pablo Palazzi, y Federico Vibes.-
Sólida exposición de Vibes aunque lenta, se puso un poco más jugosa cuando entró en juego Riciardi, quien hizo algunos tiros por elevación hacia nic, todo dentro de un gran respeto y sin agresividad en lo más mínimo, criticando fundadamente algunas cuestiones tirando data interesante y propuestas.-
Mejoró más todavía cuando Palazzi, sencillo, corto, directo y concreto se explayó sobre la redacción de un proyecto de reglamento de arbitraje para resolución de conflictos sobre nombres de dominio, Palazzi mostro su jerarquía como jurista, quedando clarito que hoy por ahoy es uno de los que más sabe de esto.-
Para finalizar Soliño, salto como si le hubieran escupido el asado, casi por nada, se le hicieron críticas constructivas, para nada ofensivas, el las tomo de una manera bastante personal (tal como es su excelente gestión en nic.ar) largo un par de primicias, por ej. es mentira que se planee arancelar los nombres de dominio en breve, si está en estudio, pero es un proceso que va a llevar mucho más análisis, en el año 2008 se va a incorporar a los nombres de dominio la ñ y los acentos tal como se hizo en España (bien, muy bien por nic), se va a modificar el registro via mail, se está en estudio la modificación del sitio web de nic para implementar nuevas vías de comunicación, se incorpora la extensión .tur.ar para agencias de turismo permitiendo mayor transparencia a la hora de contratar con alguien via internet, seguro que me estoy olvidando de algo, pero a nivel primicia... jeejejej que tal!!!.-
En este punto intervine preguntando porque se solicitó únicamente al Colegio Público de Abogados de Capital Federal, que redacte un proyecto de reglamento de arbitraje, me parece que es necesario el dar participación a distintos puntos del país, si la elección del Colegio de Capital es arbitrario, también podría ser arbitrario el elegir de otros lados no? se está dejando afuera a un montón de personas y no hablo de Chubut, los amigos cordobeses son unos cuantos y no se los ha tenido en cuenta, la respuesta... quizás una de los juristas que más admiro y a quien tengo el orgullo de tener como amigo, el Dr. Horacio Fernandez Delpech, tomo la palabra y explicó la mecánica utilizada en esa comisión donde vieron el porque ellos y porque las cosas de esa manera, a mi no me terminó de convencer la respuesta pero no quita que haya sido fundada y seria... ojo que esto no es una crítica a los que conformaron esa comisión!!! la comisión redactora es de un lujo y categoría IMPRESIONANTE!!! Palazzi, Fernandez Delpech, Molina Quiroga, Vibes etc, es de un nivel superlativo, pero sería bueno que, siendo la idea del librito ese redactado en 1853 y modificado en 1859 y por última vez en 1994 que por una vez seamos un poco federales y descentralicemos la cosa, ahora internet y la tecnología nos lo permiten, una sugerencia a Soliño sería qeu abra un poco más el abanico de consultas, Palazzi, sugirió que se publique en el boletín oficial y se abra a quejas o sugerencias por 90 días, se que no es su culpa pero el Bole´tin Oficial no lo lee casi nadie..., no creo que sea una medida justa, máxime que quienes redactaron el proyecto tuvieron todo el tiempo que quisieron para hacer el proyecto, y uno tendría sólo 90 días para hacer otra cosa o dar una opinión con respaldo suficiente para no pasar vergüenza.-
De todos modos, por suerte hay una serie de entidades que poseen miembros de gran sabiduría y a quienes se les podría preguntar tranquilamente su opinión, sin mencionar por supuesto a F.A.C.A. (Federación Argentina de Colegios de Abogados).-
Por hoy lo dejo acá mañána comentaré los otros paneles que por cierto estuvieron muy buenos también.-

martes, noviembre 27, 2007

Colapsaría internet... y listo?

Estuve leyendo un artículo del excelente sitio mastermagazine.info, donde comentan que según un estudio de nemertes research (specializes in analyzing and quantifying the business value of emerging technologies, osea especialistas en analisis y cuantificación de valor para negocios con tecnologías emergentes o parecido), internet colapsaría en el año 2010.-

A grandes rasgos el estudio realizado por los amigos de nemertes research, dicen que si no se hace una inversión de aproximadamente unos 37 mil millones de euros (caja chica digamos), ante el aumento de tráfico de sitios de descarga o videos o música, las trasmisiones se harían más lentas hasta llegar a paralizarse.-

Si bien la primera impresión o sensación que uno tiene cuando lee la nota es de preocuparse o incredulidad, por mi lado fue más esceptisismo, me puse a pensar todo lo que implica para proveedores de internet, grandes empresas, paises etc. el hecho que colapse la red.-

desde un punto de vista económico, la presión que ejercerían las multinacionales ante la paralización del e-commerce creo que sería tremenda, el uso que se le da a internet, desde las telecomunicaciones hasta el comercio on-line les ahorran unos cuantos morlacos (osea pesos dolares o euros) .-

Jurídicamente el desbarajuste sería descomunal, visualicen los reclamos por operaciones inconclusas a raiz de la caida de un sistema o la falta de conexión de por ej. los chinos... jejje de locos!!.-

No quiero ser descreido, pero, me parece que las implicancias de un hecho como el descripto en todos los ordenes serían de proporciones épicas, quedarnos en la lectura superficial de que no vamos a poder ver los correos o mirar un bebe riendose en youtube es dejar que el árbol tape el bosque, no darnos cuenta que INTERNET ya no es más un lujo o un servicio más en nuestra vida, por lo que su utilidad brinda, siendo más que la televisión, la radio o ambas juntas, y mientras siga creciendo y se le sigan sumando usos, nos hará más dependientes de ella y por ende de los grupos que la manejan. No se si dormir sin frazada pero si no tomarnos todo tan al pie de la letra, hay demasiados intereses (e interesados) como para que se deje que el colapso ocurra.-



lunes, noviembre 19, 2007

Un poquito de embarazo... no es embarazo!!!


La verdad que hay cosas que no puedo entender por más que leo y releo la resolución de un Juez de San Carlos de Bariloche Juan Carlos Lozada, donde sostiene que vender Cd`s truchos de música y películas así como ropa con marcas apócrifas no es delito... si leyeron bien NO ES DELITO!!!, porque, según él:

"... el accionar de los sospechados no ha llegado a lesionar al bien jurídicamente protegido, en razón a que el patrimonio no es un elemento abstracto, sino un atributo de la personalidad que no debe ser estimado en forma aislada, sino, en cambio, merituado en relación con su titular. A punto tal que, en el caso de autos, mal puede ese patrimonio varias veces millonario resultar afectado por el accionar de los traídos a proceso...".
Continúa más adelante en su sentencia el juez Lozada sosteniendo que: "la criminalización alcanza un límite de irracionalidad intolerable cuando el conflicto sobre cuya base opera es de ínfima lesividad o cuando, no siéndolo, la afectación de derechos que importa es groseramente desproporcionada con la magnitud de la lesividad del conflicto", y aclaró que en este caso "la lesión al bien jurídico es insuficiente para poner en marcha las graves consecuencias de la coerción penal".


Yo no soy penalista, es más apenas me manejo con el Código Penal, pero... decir o sostener semejante argumento es algo así como decir que se puede estar un poquito embarazada... no se si me explico, o se está o no se está.... En los comentarios de la noticia un lector hace una serie de consideraciones realmente ingeniosas y acertadas, ha saber.: "... cual es la cantidad maxima de CDs y DVDs truchos que puedo vender sin ser penalmente responsable. Asi tambien me provea el listado de las multinacionales y/o empresas locales de las cuales podria comercializar las citadas copias truchas ya que no tengo los medios de discernimiento sobre cuales serian las empresas alcanzadas. Quiero que me informe tambien, ya que me dedico al rubro informatico si puedo vender copias truchas de los productos de Microsoft ya que, con seguridad, esta es una empresa de magnitud y yo le garantizo que no voy a vender mas de 65 copias por mes. Quiero saber tambien si en mis propagandas debo aclarar que el origen de la mercaderia es ilegal o puedo no hacerlo. No quiero un comprador enojado reclamandome que le vendi copias no autorizadas. Quiero tambien pedirle que informe a las fuerzas del orden cuales son las cantidades y detalle de productos de esta indole que se pueden comercializar sin que pongan en marcha los mecanismos de coercion penal. De esta manera no se distraen recursos del estado en tareas innecesarias, como asi tampoco, se molesta el desenvolvimiento comercial ni se afecta el buen nombre de ciudadanos respetables.-" No es bárbaro?


¿Saben lo que más me preocupa? que este tipo de Jueces no se agotan en Bariloche, los padecemos en toda la argentina, me hace acordar a algo que me pasó recientemente, cuando entraron a mi estudio a robar, treparon una reja, sacaron de cuajo la cortina de enrollar (esto a las 15 hs. o sea a plena luz del día y en pleno centro de la ciudad), forzaron la ventana y entraron a mi oficina llevándose la Notebook desde donde estoy escribiendo. Como podrán deducir la he recuperado, gracias a un vecino atento que llamo a la policia y los agarraron cuando escapaban recuperarandome la herramienta de trabajo, moraleja de todo esto... se imaginan si el juez me dice, que como eran jóvenes, y recuperé lo robado, no hubo casi daños, y tampoco fue algo tan terrible mejor no procesarlos o lo que sería peor que no hubo delito??? automáticamente me hago ladrón!!!.-

En fin, ni el código penal ni la ley 11723 ni nada que se le asemeje a una norma bajo la cual tenga que expedirse el Juez, hacen excepciones de ningún tipo, o se viola la propiedad intelectual o no, no existen medias tintas, no existen hechos parecidos a delitos, si le caen simpaticos, o van a amedias o lo que sea, el juez puede sentenciarlos a una pena menor dentro del rango que establece la legislación pero jamás eximirlos de culpa..., o estoy tan loco que si???

martes, noviembre 13, 2007

e - Administración

Entre los temas que involucran a la tecnología y que están siendo modificados en sus estructuras al igual que el derecho y que sin ser tal tiene una amplia relación me interesa mucho el tema del e-government, o el gobierno electrónico o la administración pública digital o e-administración, en fin como quieran llamarlo, en definitiva es la implementación de las tecnologías para una mejor calidad de vida y una optimización de la administración pública o Estado (Nacional, provincial o municipal) en materia de administración de intereses de los ciudadanos.-
Más abajo posteo un programa muy interesante del sitio dominio digital, donde tratan el tema de la implementación del voto electrónico como solución, o no, a la demora en los escrutinios o medio de evitar el fraude eleccionario.-
En este post me pareció interesante el acercarles un slide o Power Point leido en K-government.com, (un sitio que se dedica exclusivamente a el gobierno digital y su implemantación), donde muestra en manera clara y sencilla que es lo que esperan los ciudadanos de una administarción pública tenologizada (si existe la palabra), o por lo menos lo que esperan los españoles de ella, en fin fijense que siempre se puede sacar algo en limpio

miércoles, noviembre 07, 2007

Los bloqueadores de Pop Up son legales?¿


Normalmente ni me lo plantearía, no conozco norma que impida tal accionar por parte de los software que se dedican a ello, pero leyendo un interesante blog llamado Techtear.com, encontré un artículo que planteaba la discusión sobre la legalidad de ello.-
Citan un artículo de Cnet News, donde mencionan un comentario de "John Palfrey, director ejecutivo del centro para la sociedad e internet de Hardvard, sospecha que en el futuro habrá litigios sobre este tema. Especialmente si el uso de ad blockers aumenta", como verán que uno no se lo imagine no siginifica que no pueda suceder, por ello, seguí leyendo la nota y por supuesto los comentarios de los visitantes y todos coniciden en una cosa, que los bloqueadores de publicidad perjudican al propietario del sitio (he aquí el daño por el cual se puede llegar a reclamar, el lucro cesante, aunque no se si acá en la argentina le darían mayor relevancia, digo... conociendo el paño jejjje) al impedirle ejercer su "comercio".-
Si bien es cierto que uno tiene la libertad de no visitar un sitio con publicidad emergente, no es menos cierto que uno no puede saber si un sitio la tiene hasta haberlo visitado.-
Personalmente considero los pop up como invasivos de la intimidad, máxime cuando nos empiezan a surgir con propagandas de contenido adulto y no sabemos como pararlos, pero no puedo soslayar el derecho del propietario de un sitio de ganarse el pan de la manera que mejor le parezca.-
La linea me parece sumamente delgada, donde empieza el derecho del navegante en cuanto a preservar su intimidad (practicamente la totalidad de los script que habilitan las ventanas emergentes alojan cookies en la pc de los visitantes y ya después la publicidad nos aparece con solo abrir el navegador), y donde lo hace la de los dueños de los sitios a subsitir a través de este método.-
Se me ocurre hacer un paralelo con la televisión, allí si bien nos atosigan con productos que quizas no deseamos, tenemos la opción de apretar el boton del control remoto y escaparnos momentanemente, ya sea para ver una publicidad que nos guste más o de ver otra cosa, pero en los sitios web por ahora no, lo mismo con los productos que tiran dentro de los programas en caracter de los conocidos "chivos",... todo es muy lindo, pero... acaso los webmasters no tienen derecho a subsistir? donde está escrito que la publicidad debe hacerse de tal o cual manera? quien dijo que uno tiene derecho a visitar un sitio y no ofrecer nada a cambio?
Por las dudas mejor no termino de opinar... por lo menos hasta que no consiga un sponsor!!

viernes, noviembre 02, 2007

En los tiempos que corren no esta mal ver esto

Como saben uno de mis sitios favoritos es el de Dominio Digital, en este caso el programa que les pongo en el video de abajo es sobre... Voto electrónico, curiosamente uno dirio que gente tan metida con la tecnología estarána favor de su implementación, sin embargo la información que trasmiten no es justamente alentadora.-
No tiene mucho sentido que siga escribiendo, parense unos minutos a ver el video.-

martes, octubre 30, 2007

Segunda Jornada de Derecho Informático - A.D.I.Ar y Justicia y Mercado

Bueno, con muchisimas ganas es un gusto anunciar la realización de la Segunda Jornada de Derecho Informático, El Dr. Delpech y el dr. Varennes, han hcho un trabajo increible consiguiendo expositores de una calidad impresionante, va a ser un gusto vernos ahí se los espera!!

Segunda Jornada de Derecho Informático
American Tower Hotel - Calle Libertad 1070 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Viernes 30 de Noviembre de 2007
Programa

8.30 hs. - Acreditación e inscripción

9.00 hs a 11.00 hs. - Primer Panel: Tema: Régimen Argentino de Nombres de Dominio
Moderador: Carlos Aguirre
Relator: Gonzalo Ferreras
Panelistas: Gustavo Soliño (NIC Argentina) - Sebastian Riciardi - Pablo Palazzi - Federico Vibes

11.15 hs. a 13.15 hs. - Segundo Panel: Tema: Responsabilidad Civil de los ISP
Moderador: Alberto Soto
Relator: Matias Mauro
Panelistas: Gustavo Tanus - Eduardo Molina Quiroga - Martín Carranza Torres - Humberto Carrasco

15.30 hs. a 17.30 hs. - Tercer Panel: Tema: Derecho Societario y Concursal Informático
Moderador: Flavio Varennes
Relator: Analia Pegoraro
Panelistas: Eduardo Favier Dubois - Arnoldo Kleidermacher - Gerardo Vassallo - Flavio Varennes

17.45 hs. a 19.30 hs. - Cuarto Panel: Tema: Validez Probatoria del Correo Electrónico
Moderador: Guillermo Zamora
Relator: Noemí Olivera
Panelistas: Matías Altamira Gigena - Javier Fernández Moores - Daniel Monastersky
19.45 hs.: Palabras de los Presidentes de ADIAR, Dr. Horacio Fernández Delpech, y de la FUNDACION JUSTICIA Y MERCADO, Dr. Eduardo Favier Dubois, Firma de convenio de colaboración, cierre y entrega de certificados a los asistentes.

Organizan: Adiar - Asociación de Derecho Informático de Argentina - Fundación Justicia & Mercado

Inscripción: Inscripción gratuita
El certificado de asistencia tiene un costo de $ 50.- A los socios de ADIAR y los miembros de la FUNDACION JUSTICIA Y MERCADO no se les cobrará el certificado de asistencia

Informes e inscripción:
Fundación Justicia y Mercado: Reconquista 661 9º A, Ciudad Autónoma de Buenos AiresTel.: 011-4315-0127e-mail: fundacion@justiciaymercado.org http://www.adiar.info/ http://www.justiciaymercado.org/

sábado, octubre 27, 2007

Derecho Informático SI... pero con una paradoja


Días pasados, plantee en este Blog la pregunta si el Derecho informático existe como rama autónoma del derecho, y también tiré la pregunta en el foro de Cyberderecho. la conga que se armo, debo decir que estuvo buena, alguna que otra pelita innecesaria, pero siempre saludable a los fines de hacer catarsis.- Hubo posturas que sostienen su existencia (estamos hablando del derecho informático como rama autónoma del derecho), una de las que me ha parecido más interesante es la que nos clarificó el Dr. Horacio Fernandez Delpech, al decir que lo es (rama autónoma) porque reune los requisitos que se les pide a las otras,al poseer "autonomía legislativa, jurisprudencial y académica y universitaria y contar con principios propios", dando ejemplos de cada uno de ellos.
También fue insoslayable el criterio esgrimido por la que me gusta llamar "escuela cordobesa" cuando habla de la existencia de un cambio de paradigmas atento las modificaciones sociales y tecnológicas existentes, necesitando fundar un nuevo derecho.-

Sólido en sus argumentosel director de Alfa-Redi el Dr. Erick Iriarte Ahon, plantea que cada una de las cuestiones que se suelen entender como Derecho informático no son más que escisiones de las otras ramas perfectamente subsumibles, agregando que desmenuzadas éstas quedan pocos elementos que utilizar para conformar esta nueva rama.-
Creo que ambos tienen algo en sus posturas en común (por loco que les parezca) que es que: a lo que la "escuela cordobesa" le dice cambios de paradigma creo que es lo que para Erick se debe dar
"
cuando en realidad va mas a ser una fase de cambio del derecho, porque es el derecho el que se esta modificando porque lo que se ha modificado es el proceso social", resumiendo e interpretando lo que seguramente se me vienen ganas, concluyo, en este punto particular que están planteando casi lo mismo, con la diferencia absolutamente fundada para ambos de que para los unos existe el D.I. y para los otros no.- Lo mio, es muchisimo más modesto, cuestiones simples de conocimiento, sapiencia y porque no experiencia, hacen que mis razonamientos sean mucho más elementales. Creo en la existencia de un Derecho Informático como rama autónoma, ¿donde encuentro las autonomías? la legislativa en la creación de normas que contengas estos nuevos hechos que generan consecuencias en la sociedad ej. la normativa de nic o Icann, uds. me dirán: ¡¡pero eso no es legislación de un pais!! yo les voy a decir... ¿¡Y!?, si entendieron bien ..."y" es normativa igual, es regulación, se crean reglas, normas, parámetros que contemplan estos nuevos hechos nacidos del uso de las tecnologías o internet. Porque la cyberocupación disculpen, no es, para mi pr lo menos, la usurpación de marcas por lo que no creo que sea equiparable, así como la naturaleza de un nombre de dominio es esencialemente diversa de una marca o patente (por lo menos acá en Argentina),.- La autonomía académica... bueno, encontrar ejemplos de esto creo que es más facil que espiar, ponemos en el buscador congresos de Derecho informático y nos vienen miles de links, osea, doctrinariamente estamos hablando de que existen congresos para su estudio... listo no?, como se van a hacer congresos, cátedras o posgrados de algo que no tiene entidad?, yo creo que no, por lo menos no podemos negar que negarlo es darle vida también.- La autonomía Jurisprudencial está en (y me sigo agarrando de los nombres de dominio) el caso Freddo, a título de ej solamente.- Academicamente hay cátedras de Derecho Informático, es más muchos de los que participamos en Foros o tenemos Blogs, nos encanta poner en nuestros curriculums que hicimos tal o cual posgrado en... DERECHO INFORMÁTICO!!!, los que por lo menos los empezamos nos vemos en la necesidad imperiosa de reconocer su existencia, de lo contrario estaríamos negando algo que ostentamos como logro o Título.- Donde esta la Paradoja... simple, estamos discutiendo la existencia de algo que nos da entidad como conocedorees del tema, llámese cyberderecho, ciberderecho, derecho informático, derecho de las nuevas tecnologías, de la sociedad de la información, lo que sea, todos los que estamos interesados en esta parte del derecho, nos conectamos, vamos al correo, buscamos información, hacemos posgrados, cursos o participamos de congresos de que??? de DERECHO INFORMÁTICO!!!!.- Negar su existencia es negarnos a nosotros mismos.-

martes, octubre 23, 2007

Derecho Informático si... Derecho Informático no...



Mis estimados lectores (los cuatro que sean jejej), conversando con amigos, me preguntaron si el derecho informático como tal existía..., en un primer momento hasta puedo decir que me sentí ofendido ante tal pregunta (cabe aclarar que me ofendo por cualquier cosa), les explique que era todo muy nuevo, que estaba en formación etc etc.-
Mis amigos, no conformes con mis etcéteras, me repreguntaron si ya era considerada una rama del derecho independiente, a lo que cabizbajo tuve que reconocer que según mi modesto y leal entender todavía no..., largo y doloroso silencio, me miraron y amagaron un consuelo, pero sacando fuerzas de donde no tenía continúe con alguna explicación más o menos así.-
Si bien la materia no tiene todavía las características que la vuelven una rama independiente, si podemos hablar de una tendencia y se me ocurrió plantearles ahí mismo una división que dejo como inquietud para aquellos que quieran responderme o instruirme, para mi (y repito para mi) en el derecho informático encontramos dos subdivisiones el Derecho informático Puro y el Derecho Informático impuro (no pueden negar que los maté con la división).-
El Derecho informático Puro sería aquel cuyos elementos que lo componen no tienen paralelo con otra rama del derecho..., haber si me explico mejor, la ciberocupación de dominios sería derecho informático Puro, porque? porque sin el elemento tecnológico no tiene características propias, la tecnología o el elemento informático es imprescindible para que se configure el hecho.-
El Derecho Informático Impuro sería aquel que tiene elementos con puntos de contacto con otras ramas del derecho y le son aplicables normativas de estas, por ej. el spam, el spam, ya se practica con otra modalidad desde hace años en EEUU e Inglaterra, es el envío masivo de correspondencia intentando vender algo, osea publicidad no deseada, la diferencia es que el correo no era electrónico sino postal..., me explico?.-
Dicho en otras palabras, el Puro sería aquel cuyos elementos que lo componen son únicos y no asimilables a algunos ya existentes, cuando no se puede subsumir la figura y aplicarla analógicamente a alguna ya existente, lo entiendo como Derecho informático Puro.-
Obviamente no pretendo escribir un tratado sobre el tema, al blog lo tengo para despuntar el vicio, no para dar muestras de erudición, pero si me gustaría plantear el tema y que me destruyan la teoría, la completen o complementen.-
Si no se entendió lo que quise decir, pues diganmeló tambinén así lo sigo desmenuzando y desarrollando más detallado.-

viernes, octubre 19, 2007

Algo es algo... no?


Leyendo el suplemento tecnológico del Diario La Nación, veo que comentan un pacto firmado por los principales sitios y empresas de soft, TI y web de video... Bah... las principales menos google... jejejje, (sabran Uds. perdonar mi sonrisa) es decir sin el... cuanto....? 30, 40 por ciento del tráfico de videos? recordemos que youtube es de google. Según parece es que con este pacto buscarían implementar medidas que eviten la piratería y el tráfico ilegal de contenido con propiedad intelectual a cambio, los propietarios de los contenidos se comprometerían a no demandar a los sitios aunque en ellos figuren contenidos con esas características.-
Aparentemente entenderían que con ello estarían encontrando una solución a todo este problema, pero quizás porque soy abogado o simplemente mal pensado siempre me nace alguna pequeña pregunta... si google no se prende (engancha, firma o como le digan...), no es muy probable que esto sólo lleve a los clientes derechito a youtube?, máxime si como leí por ahí google estaría pagando los videos más visitados, respuesta... ni idea, esperemos que no.-
Otra y última, hace falta firmar un convenio que y cito: "...prevé la eliminación del material ilegal y el bloqueo de contenido pirata antes de que se masifiquen..." para eliminar material pirata y bloquear el ilegal, ¿el tipo de medidas que se les ocurran no deberían implementarlas igual? es decir, ¿no deberian hacer las cosas como corresponde en caso de que se esté haciendo algo mal? no están reconociendo indirectamente que están cometiendo un delito??, yo por suerte de esto no se mucho pero por favor seamos serios muchachos!!!.-



Powered by ScribeFire.

martes, octubre 09, 2007

Pensando SAGSE (y su entorno)


Así fue la cosa en SAGSE, no muchas me quedaron claras, quizás el hecho de ser un ignorante rotundo en estas lides del Juego de Azar, me llevaron a sorprenderme en demasía por todo lo que sucedía allí.-

Todo parecía destinado a hacerse con Lujo, con exuberancia, con atención, todos los que allí pululaban, estaban pendientes de que negocio podían hacer, todos atentos a que podían llevarse en alguna mesa de Poker, o que ofrecimiento o propuesta podían hacer/recibir.-

Me dio la sensación que todo apuntaba a lo mismo, el uso de la tecnología, la implementación de hard que permitiera ahorrar costos (léase menos empleados), tener más luces, volver digital hasta el croupier.-

La vedette del evento creo pasó por dos rubros distintos, pero que indudablemente tenían un punto en común; uno el de la información, como en todo y para todo, la información es el oro del presente y ya que estamos del futuro también, y el otro ramo son las apuestas del tipo y la forma que sea siempre y cuando se usen celulares y sitios web.-

El punto de contacto lo da la utilización de los nuevos medios hi tech, la información va por newsletters, osea boletines informativos al que se suscriben (no hace falta el spam, los interesados solitos van al sitio), y les da la oportunidad de concretar el negocio, la inversión (les recuerdo que no obstante haber jugadores, el evento se trata de los que hacen negocios con el juego no de quienes lo usan para apostar), son gente de ojos muy abiertos, están atentos a dos o tres cosas al mismo tiempo, y mientras le sonríen a algún potencial apostador, le están guiñando un ojo al que viene atrás suyo.-

No hace falta ser muy brillante para darse cuenta que el juego, va en el mismo camino que el resto de las cosas que nos rodea en sociedad, la utilización de medios informáticos es una forma contundente de ganar dinero bajando costos, ya sea por la inmediatez que les comentaba de la información, como por un mejor control de su inversión, ahora bien, en todo esto hay detalle, las leyes como en todo lo tecnológico están durmiendo una siesta importante, y saben que?, me hace acordar mucho a cuando me acuesto a dormir la siesta y mi hijo Manuel se queda levantado haciendo vaya a saber que (no les quepa la menor duda que en cuanto me levanto me percato enseguida las macanas que hizo), como diría el viejo refrán cuando el gato no está... los ratones... apuestan y lo hacen sin nada ni nadie que los controle.-

jueves, octubre 04, 2007

No puedes vencer al sistema

El título de este post es el slogan de SAGSE, que es SAGSE?, bueno es (al decir de sus organizadores la expo más grande latinoamérica), de lo cual no se si doy fe, pero que es grande es gigante.-
Lo importante, es la expo más grande... de que?, pues de las empresas relacionadas al Juego de Azar, Casinos, desarrolladores de software, fabricas de alfombras para salones de juego, Loterias provinciales (y Nacional también), la empresa, fabrica, emprendimiento, sociedad que se les ocurra relacionada al Juego de Azar. Que hago yo ahí?, bueno, simple tengo a cargo el área legal de un Organismo del Estado (Instituto de Asistencia Social de la Provincia del Chubut), por lo que me mandaron en misión laboral podría decirse.-
Lo curioso es que no juego ni al solitario en la computadora, pero siempre es interesante aprender algo no?.-
Lo siguiente que me pregunté es hasta donde tenía sentido que yo asistiera a un evento de estas características, y mucho menos postear algún comentario en este blog que pretendo se remita a cuestiones exclusivamente de derecho informático o tecnología, la respuesta no me tardó ni 15 minutos de sentado en el stand que tiene el I.A.S. primero se presentaron de una empresa (GAMES MOVIL) que se dedica a comercializar los juegos de azar vía celular , con apuestas abonadas mediante precargas tipo tarjeta telefónica.. interesatisisimo (si leyeron bien no es un error de ortografía quería que entendieran perfectamente lo interesante que me pareció), en la charla con los mismos, le planteé una serie de dudas relativas a la jurisdicción y como se hace para no invadir "territorio" ajeno es decir de otra lotería, las respuestas fueron claras y directas implementando un sistema que impide utilizar celulares con características telefónicas (02965 - 0297 - 02954 etc) de otras ciudades que no sean Chubut..., tendría que ponerme a analizarlo más profundamente pero creo que es una solución más que satisfactoria al asunto que es el motivo de controversia más común en el uso de nuevas tecnologías para captar apostadores. No obstante ello, el otro inconveniente grave es el otorgamiento de licencias exclusivas para la explotación de los denominados juegos de resolución instantánea a los casinos, en fin, la tecnología arrasa con todo y con la denominada "timba" también, internet y la telefonía celular es demasiado tentadora como para soslayarla.-

También conversé con la gente de Betcris cuyo fuerte es indudablemente las apuestas deportivas online, sin dejar de lado las de banca, tipo poker y black jack, en este caso el tema de la jurisdicción es mucho más difícil de controlar.-
La discusión está planteada con fuerza en todo el país, mi opinión, modesta como siempre y limitada en igual medida es que lo único que va a permitir el desarrollo con control por parte del estado sobre estas cuestiones es la educación informática y una regulación clara y sencilla, que permita participar a todos de un negocio que es lucrativo para todos... todos?
El comentario es tan superficial que me da cosita, hoy siga el tema así que voy, saco más fotos y después les cuento

viernes, septiembre 28, 2007

Recomendando la web

Como siempre, andando y andando por ahí, encontré un sitio cuyo contenido me ha parecido sencillamente espectacular, ya sea por la producción como el contenido y sus creadores.-

El sitio en cuentión, es http://www.dominio-digital.com.ar, es la web de un programa de televisión que pueden ver en algunos cables de Buenos Aires, pero que por mis pagos no tenía la oportunidad de disfrutar y aprovechar, una vez más uno no le da la real importancia a esto, pero no es increible lo que nos provoca internet??, en fin, si bien su contenido, no es estrictamente de derecho, posee cositas que bien nos vendría a los abogados al plantear la prueba en algunas demandas.-

Días pasados, les pedí autorización para colocar contenido de su sitio en este y por suerte han sido tan amables de dármela (la autorización), ello no quita que puedan darse una vuelta por allí y ver que otras cosas pueden pispear.-

a continuación les pongo un programa que me gustó y que espero a Uds. les sirva.-



miércoles, septiembre 19, 2007

Se viene la 2º Jornada de ADIAr

Estimados amigos, con orgullo, voy posteando que se está organizando (con el Dr. Fernandez Delpech y el Dr. Varennes a la cabeza) la Segunda Jornada de Derecho Informático, donde?
Ciudad de Buenos Aires - American Tower Hotel - calle Libertad 1070 Cuando? Viernes 30 de Noviembre (La hemos fijado en un viernes para facilitar a los que vengan del interior)
Quienes lo organizamos? ADIAR y FUNDACIÓN JUSTICIA Y MERCADO.-
Por si no recuerdan o no saben, A.D.I.Ar. es la Asociación de Derecho informático de la Argentina, fundada el 31 de Junio del corriente en Trelew - Chubut.-
La idea no fue nunca, quedarse y ser un sello de goma, por ello, nos seguimos moviendo y ADIAr y la Fundación Justicia y Mercado que dirije el Dr. Flavio Varennes, planea este evento.-
Los temas a tratarse son:
Régimen Argentino de Nombres de Dominio
Responsabilidad Civil de los ISP. El particular caso de los Buscadores
Electronico Comercial (a definir)
Validez Probatoria del Correo Electrónico.-
Los panelistas no los queremos decir hasta que esté definido todo, pero les garantizo que tienen un nivel superlativo.-
Para finalizar les cuento que ya se pueden ir asociando, escribiendo a consejo arroba adiar punto info o a gzamora arroba trelewlegal punto com punto ar.-
Ah lo más importante, cuanto cuesta?? nada... vieron como es esto, el primero te lo regalan ....

viernes, agosto 31, 2007

ser o no ser (responsable)... esa es la question!

Pertenecer o participar en un foro me ha permitido entre otras cosas tutear a gente que respeto tanto en lo intelectual como en lo humano, me ha dado la oportunidad de hacerle chistes a colegas de una estatura jurídica envidiable.-
En este foro que comento días pasados se me ocurrió mandarles un consulta respecto de un cliente que adquirió un bien en un sitio de compraventas, mi cliente ofertó, el sitio le remitió los datos del vendedor, se pusieron en contacto, el vendedor le da los datos de una cuenta (cuya titularidad estaba a nombre de un tercero), mi cliente confiado deposita el dinero (suficiente como para amargarse y buscar un abogado que lo ayude) , y queda esperando que el vendedor le mande el producto, y espero... y espero... y sigue esperando.-
Bien, planteado así el tema, la discusión por demás fructífera que se generó en el Foro es si, los sitios de subastas online, o compraventas idem, son responsables o deberían serlo por las operaciones producidas a través de gestión o intermediación.-
Están los que sostienen que si apoyándose en la Ley de Comercio (no digo el nombre del colega porque no le pedí autorización para hacerlo, sepan disculpar la reserva), explicando brillantemente sobre las carga de los corredores, y los hay que sostienen que no hay responsabilidad ni comercial ni de la 24240 de defensa al consumidor, porque su figura se asimila a la de las publicaciones de avisos clasificados comunes (léase Diarios, revistas etc).-
Mi postura personal, es la que descubrí pensando en voz alta en el Foro que dice algo por el estilo: los sitios de estas características son responsables teniendo en cuenta cada caso en particular, en el que les comento más arriba, mi cliente depositó en la cuenta de un tercero cuando los términos y condiciones del sitio dice claramente que no lo recomienda, obviamente podrán decir que es como el ejemplo del edificio y el uso del ascensor ("existiendo escalera este edificio no se responsabiliza por los accidente del ascensor..."), es claro que un aviso no puede eximir de responsabilidad a quien tiene el deber de responder.-
Tampoco creo que sean de una naturaleza jurídica idéntica a los avisos clasificados, en ellos, el diario, revista o publicación que sea, no va a porcentaje de la venta, en estos si; visto desde otro punto de vista, el objeto de cada empresa es diferente en uno y otro tipo de publicación, en unos serán las noticias y en otros la intermediación entre compradores y vendedores, el lucro de uno y otro tiene un punto de partida diverso.-
Conclusión, en cuanto a la práctica actual... los que tengan de clientes a sitios de subastas o compraventas online, nos dirán que no son responsables, los que sean (seamos) free lance y nos contraten uno u otro, diremos lo que haga a una mejor defensa de los intereses de nuestro cliente. -
En materia jurisprudencial. .., todavía no he visto que juez alguno se haya expedido al respecto, ni acá ni en el exterior, si alguno sabe... escucho ofertas, mientras tanto solo nos queda la opinión personal ya sea de alguien con renombre o de alguno como yo, esto puede ser porque nadie se animo o nadie lo creyó conducente, que significa?, simple que jurisprudencialmente los sitios no son responsables, hasta que un juez o una abrumadora mayoría así lo diga. -

lunes, agosto 13, 2007

Ahhh... tramposo!!??



No se si es correcto hacer blogger de bloggers, es decir postear información leída en otro blog, pero la verdad que nada mejor que recurrir a quienes mejor escriben para poder entender o hacer comentarios propios a alguno que se haya leído por ahí, en este caso particular, suelo leer el blog de un colega español Felix Haro quien posee uno llamado BITacora, allí comenta bajo el título galletitas de cemento la política de Google de reducir a dos años la cantidad de tiempo que duran las cookies de esa empresa en la Pc de uno y la metodología que utiliza para hacerlo..., a nivel privacidad y si nos quedáramos solamente con esto, podríamos decir que es un avance en materia de protección de nuestra y otras intimidades, pero... recuerden que siempre hay un pero..., Google, me parece, se pondría un poquitín tramposo, porque?, simple, la vida de estas cookies que expiran a los dos años de instalarse en nuestra maquina, reviven o se renuevan a partir de que uno reingrese a ese buscador o alguno de los servicios relacionados al mismo
cual Highlander tecnológico.-

No me pueden negar que la jugada es cuasi brillante!! ellos respetan las normativas europeas y recomendaciones sobre el tópico Privacidad e intimidad, siempre y cuando no vuelvas a visitar sus servicios durante DOS AÑOS!!!, buenísimo!!....-

OK... lo acepto, nadie nos manda a usar el buscador o su correo o el mensajero o sus grupos o cualesquiera de sus productos, pero, como diría el buen amigo Flanders no suena a trampiridijilla el anuncio ??

martes, agosto 07, 2007

Durmiendo con el enemigo...


Sale en perfil.com del día de hoy, una noticia que como todas las noticias... preocupa, los EEUU en su afán de luchar contra el terrorismo, no mide mucho sus actos y consecuencias ya que ha optado por contratar a hackers para llevar adelante rastreos dentro de internet y ayudarles a combatir el crimen y, reitero, el terrorismo.-
Aquí en la Argentina, según me permite mi modesto conocimiento de derecho penal no se podría llevar a cabo... porque? simple, si hablamos de un hacker y no un experto en informática, estamos hablando de contratar a alguien que por definición es considerado un delincuente, si mal no recuerdo el hacker, no tiene por meta el ocasionar daño alguno en la intrusión, pero el delito estaría configurado con la violación a la intimidad, sea para corregir un bug, descubrir un problema de seguridad o lo que sea, invadir la privacidad de alguien con el fin que sea es un delito.-
Por último y yendo un poco más allá, toda la docuemntación que se consiguiera aquí en Argetina mediante Hacker no llevaría la carga de la "teoría del fruto del árbol venenoso"?. Dice el
ARTICULO 157 bis. -Será reprimido con la pena de prisión de un mes a dos años el que:
1°. A sabiendas e ilegítimamente, o violando sistemas de confidencialidad y seguridad de datos, accediere, de cualquier forma, a un banco de datos personales;
2°. Revelare a otro información registrada en un banco de datos personales cuyo secreto estuviere obligado a preservar por disposición de una ley.
Cuando el autor sea funcionario público sufrirá, además, pena de inhabilitación especial de uno a cuatro años...
Siguiente pregunta... el hacker contratado sería un funcionario?.-
Como podrán apreciar si han leido alguno de mis otros post, tengo una mala costumbre que es preguntarme cosas, eso en si no creo que sería malo, el problema es que no suelo tener las respuestas... Uds.?

lunes, agosto 06, 2007

Copyright - Copyleft - Quien carga con la prueba?


He estado leyendo en el sitio derecho-internet.org, una serie de sentencias que se han dado en españa en relación al rechazo de demandas del SGAE (algo así como el SADAIC español), contra diferentes bares o lugares públicos por la reproducción de música sin autorización (mejor dicho sin abonar el correspondiente canon).-
El fallo puntual que me pareció de una alta factura jurídica es el correspondiente al Bar denominado "BUENA VISTILLA CLUB SOCIAL", donde la Audiencia Provincial de Madrid, Sección 28, desestimo los agravios del SGAE por considerar que no habían probado lo suficiente que en el mencionado bar se reprodujera música con Copyright.-
Llegado a este punto no cabe otra cosa (por lo menos para mi) que poner un signo de admiración a tal análisis; en una parte del fallo sostienen palabras más palabras menos, que hasta el día de la fecha la carga probatoria recaía sobre el dueño del bar, ello en virtud de no existir otro tipo de licencia en materia de propiedad intelectual que no sea la del copyright; acto seguido desmenuza las características de los nuevos tipos de licencias tales como las creative commons y copyleft, a partir de su existencia (y esto corre por mi cuenta), se genera un nuevo status quo en materia de propiedad intelectual y es imperioso el replantear quien debe probar que, ya no deber{ia presumirse que se está violando la propiedad intelectual de un autor por el sólo hecho de poner música en un lugar público, sino que correspondería a a quien alega tal hecho demostrar con algo más que la constatación de que hay música en los altoparlantes del local.-
Considero cuanto menos interesante tal postura, y... aplicable en la Argentina?.-
Bienvenidos