miércoles, febrero 13, 2008

Preguntas y respuestas


Estimados amigos, días pasados me llego un correo de un amigo lector que posee un interesnte Blog llamado partido-pirata.blogspot.com o bien lo podemos encontrar en unaradio.com.ar, donde me hace una serie de consultas relacionadas al tema del Canon, como me parecieron medianamente coherentes las respuestas que les di y sumamente importantes las preguntas que me hizo, me tomo la libertad de transcribirselas por si a alguien le sirven de algo.-
Las preguntas son:
1 - ¿en esa instancia hay actuación de un juez que haya ordenado a la empresa proveedora de internet la entrega de datos de un usuario, o la actuación de un juez con una orden así recién se produce en la instancia posterior, o sea, si van a juicio? - Puede la empresa haber iniciado un trámite previo, se llama diligencias preliminares, donde averiguan una serie de datos, y se recaba prueba, también puede ser que quizas iniciaron una instancia penal donde le pidieron al juez que le ordene a las ISP que entreguen los datos mencionados, de otra manera no hay forma que los obtengan sin estar rayando con la invasión a la privacidad.-

2 - - Si los datos del usuario han sido dados sin orden de un juez ¿qué puede hacer el usuario para defenderse de esa violación a su
privacidad al recibir la carta documento? ¿puede presentar un Habeas Data? ¿cuál sería la acción más adecuada? - La acción más adecuada es la acción de Habeas data comprendida en la ley de protección de datos personales y el articulo 43 de la CN.-

3 - -¿Puede solicitar un demandado otro mediador que el elegido por el demandante o eso de qué depende? en este caso según se lee en la carta documento http://www.rollingstonela.com/anexos/imagen/08/782500.JPG la empresa discográfica EMI Odeon eligió a esa mediadora. - Por lo que vi efectivamente la discográfica eligió esta mediadora, si puede elegir otra? te copio y pego el artículo 3 del dec 91/98 que lo responde claramente:

Artículo 3:

Mediación privada. Arancel. Designación del mediador por las partes.

...

El mediador podrá ser designado:

1. Por acuerdo entre las partes.

2. Por propuesta del requirente que efectuará al requerido a efectos de que éste seleccione, de un listado no menor a OCHO (8) mediadores, aquél que llevará adelante la mediación. Los mediadores propuestos deberán tener distintos domicilios entre sí. El requirente deberá notificar por medio fehaciente al requerido el listado de mediadores y sus domicilios para que dentro de los TRES (3) días de notificado, el requerido opte por cualquiera de los propuestos. La opción ejercida por el requerido, deberá notificarla fehacientemente en el domicilio constituido por el requirente a esos efectos y el mediador elegido será considerado designado para llevar a cabo la mediación. Si hubiere más de un requerido, éstos deberán unificar la elección y en caso de no lograrse conformidad, el requirente elegirá directamente el mediador del listado propuesto. El silencio o la negativa a la elección habilitará al requirente a elegir directamente, del listado propuesto y debidamente notificado, el mediador que intervendrá en el conflicto. Si el requirente no lograra notificar al requerido, podrá elegir directamente un mediador de la lista oportunamente ofrecida en su notificación frustrada. El mediador designado, con las constancias de las notificaciones fracasadas, no podrá dirigir otra notificación como no sea al mismo o mismos domicilios que los utilizados por el requirente para intentar notificar el listado propuesto. La propuesta del requirente debe incluir en su texto la transcripción de este artículo.

4 - -Estos organismos como APDIF y CAPIF dicen tener personas dedicadas a investigar quienes bajan o comparten música ¿esto está autorizado por la Justicia? ¿es legal esa actividad de requisar en las comunicaciones privadas? ¿tienen esas entidades una autorización para hacerlo? - pueden tener personas que investiguen lo que quieran, no es ilegal hacer escuchas o intereferir en la privacidad de un tercero salvo por orden judicial debidamente fundada - No tiene ningun tipo de autorización para hacerlo.-

5 - - ¿pagan esas entidades impuestos sobre lo que recaudan con las multas? la factura de pago corresponde a APDIF y por lo que veo está exenta de pago de impuestos http://www.rollingstonela.com/anexos/imagen/08/782502.JPG ¿adonde van esos fondos? ¿o son entidades privadas que pueden estar haciendo esto como una "empresa del juicio" por lucro? ¿Porqué si la demanda es hecha por EMI Odeon la cobra APDIF, esto es normal? No puedo ayudarte en esto porque desconozco absolutamente como es el tema tributario.-

6 - -Si las IP son móviles, o están enmascaradas ¿como pueden demostrar que fue desde tu pc? supongamos que llega una carta de esas y vos vendiste la pc que tenías, ¿no sería ingenuo pagar por la presunción de que compartiste música solo porque la carpeta adonde bajan los archivos estaba habilitada para compartir? - Ellos podran probar que fue esa IP desde la cual se bajo la música quedará en uno probar que las IP son móviles y que pudo no ser uno, o que estan enmascaradas, si es ingenuo? creo que es apresurado cuanto menos.-

7 - Supongamos que nunca usaste P2P sino que bajaste música de Rapidshare asi que no tenés carpetas compartidas, según la segunda nota de Rolling Stone el problema fue tener carpetas compartidas ¿en ese caso no pasa nada? No se hasta donde querran llevarlo, pero se puede probar que desde un usuario determinado de un ISP se ha estado bajando determinado tipos de datos, hasta los nombres de las fotos y que paginas visitastes y por cuanto tiempo.-

miércoles, febrero 06, 2008

aplausos para el asador!!!


Estimados, en el último boletín de mastermagazine.info, tocan justamente el tema del canon digital que traté en mi anterior post, cabe aclarar que no lo tocan porque yo lo haya hecho, sino más bien al reves o viceversa.-
Bueno, el tema que entre los comentarios al artículo (el cual recomiedo su lectura y posterior visita al blog del diputado morgado), hay uno que hace un internauta cuyo nic es "Dr. Lecter", a fin de no andar repitiendo ni copiando ni haciéndome el sezudo cuando no los soy, les copio y pego la misma, atento que merece ser leida en esto y otros blogs, al análisis se lo puede calificr en dos palabras ex - celente, aca va.-

"Dr Lecter escribe: Esta muy mal asesorado el Diputado Morgado, esta postura encaja en las practicas de los mas encumbrados empresarios argentinos "Privaticemos las ganancias y socialicemos las perdidas" empiezan con impuestos a todos los insumos de lo que consideran pirateria es como si te cobraran un impuesto al cuchillo porque además de usarlo para comer podes usarlo como arma y si vos no lo haces otro si lo hara y queremos estar seguros. Absurdo. La empresa Sony por ejemplo produce a muchisimos de los mas importantes artistas del mundo y ademas es la mas grande en medios digitales de almacenamiento, digo cierran el negocio por ambos lados, que pasa con el Fondo Nacional de Las Artes?... ahh deben tener algun faltante de dinero y es como el impuesto a las patentes de los autos que se creo para mantener rutas y caminos y cuando vas con tu coche resulta que las rutas estan concesionadas y te cobran peaje, nah!! Morgado un monton de gente te va a decir que "no te tenemos miedo" si empiezan así... los músicos despues van a querer un impuesto a las orejas y muchos politicos y empresarios van a tener certificados falsos de sordera para evadir el impuesto que es el primer gran deporte argentino, vayan a laburar, sean creativos busquen alternativas comerciales validas para financiar a los artistas si ya nadie compra CDs (que en realidad no es cierto) porque se lo bajan gratis de internet (que no es delito porque tambien se puede grabar de la radio), piensen en internet como una radio que les ayuda a llegar al publico y es aun mejor que una radio, porque es gratis y mundial, para que una radio te promocione un artista tenes que pagarles, en internet se vende solo y no necesitas contratar a una consultora para que te diga quien es el artista mas popular.El mercado cambio, Y? con los sponsors, con los conciertos, con asociar a los artistas a productos, con hacer obras integrales (pelicula + banda sonora + video juego + merchandise, etc.) los tenistas ganan más con esto que con los torneos, estamos en el siglo 21 sigan el ejemplo del representante de Beckham y dejen de admirar al de Maradona que así lo dejo. Laburen en serio loco. Somos el unico pais del mundo donde el capitalismo fallo y los bancos nos robaron en el 2001, 7 presidentes en una semana y trites y celebres ministros de economia transfirieron la deuda privada al estado, que les pasa no hay memoria nos creemos los mas vivos del mundo y así nos va. Hagan leyes que faciliten laburar e impuestos positivos si compras un cero kilometro nacional ayudas a la industria del pais y no es porque te sobra dinero no lo mates a impuestos, leyes de radiodifusion que aseguren espacios de trabajo: por cada tema musical extranjero dos nacionales por cada serie norteamericana dos ficciones hispanas, por cada pelicula yanki dos nacionales... pero estoy seguro que peco de ingenuo debe haber sobrecitos o tarjetas banelco en el congreso para que leyes asi no prosperen.".-

Un saludo al amigo Dr. Lecter, sea quien sea, recordándole que tendría la obligación moral, si tiene más análisis como este que traje a colación de escribirlos y mandarlos a todos lados... Salud!!

domingo, febrero 03, 2008

El canon digital en la Argentina

A falta de un título ingenioso, se me ocurrió poner directamente el tema que me gusta abordar.-
Se ha publicado en diversos medios últimamente el proyecto de ley que presentó (o presentaría) el ex agujerito sin fin Claudio morgado en su carácter de Diputado Nacional, relativo a la implementación del canon digital que actualmente esta en vigencia y por cierto severamente cuestionado, en España.-
El video que pongo a continuación es de David Bravo, un abogado español, brillante por cierto, donde analiza la gravedad de diversos delitos, y los compara con el descargarse música por internet.-
No estoy a favor de la piratería, pero creo que todo debe estar en su justa medida, no me parece justo que paguemos justos por pecadores, y mucho menos que con esto no se ataque el problema de fondo que es la piratería, y no crear un fondo que vaya a saber a quien termina beneficiando..., haciendo un paraleleismo, esta solución me da la misma espìna que el cambio de lamparitas del Gobierno para combatir la crisis energética que dijeron no existe (o algo por el estilo según el amigo Anibal Fernandez)

Ya me ha pasado otras veces que al tercer día no se visualiza más el video, por lo que si no pueden verlo, hagan click en este link:
http://youtube.com/watch?v=Zj8WI7TDR9c
que les aproveche y lo disfruten

viernes, febrero 01, 2008

El spam, por su software muere!!



En el último newsletter de infosecurityonline.org, publican una noticia cuya fuente es del Diario La Nación, sobre el arresto del que se sospecha es uno de los mayores spammers del mundo.-
Los delitos que se le imputan son dos, 1º fraude y 2º robo de indentidad, según comentan es el primer caso en EEUU al respecto y podría complicarseles atento las cuestiones técnicas que implica juzar y analizar el accionar criminal del amigo Soloway (tal es el nombre del spammer).-
Lo gracioso (bah... gracioso, gracioso..., a mi por lo menos me causo gracia), es que Soloway, mediante spam, promocionaba un software de su autoría por el cual se podía enviar... MAS SPAM!!!!, en fin como diría el dicho, el pez por la boca muere, o el bey solo bien se lame, que si bien no tiene nada que ver, me gusta decirlo.-
Moraleja y/o conclusión, si acá en la Argentina agarraran a alguien que manda publicidad no deseada..., Ud. creen que terminaría con una sanción???, yo creo que no, y ojo que no hay que ser muy lúcido para sostener esto, es que en este bendito pais, no hay ley alguna que lo sancione!
No nos olvidemos por favor que los Dres. Gustavo Tanús y Pablo Palazzi, han conseguido un fallo a favor al respecto, pero les llevó el módico plazo de 3 o 4 años conseguirlo!!, y eso que son abogados, se imaginan un usuario común y corriente que tiene que pagar a sus letrados 4 años para que le lleven adelante un proceso sobre el cual es muy probable que aún consiguiendo sentencia favorable, el demandado es probable que no tenga un mísero peso?!.-
Bienvenidos