viernes, marzo 20, 2009

No desearas el móvil de tu prójino - Blog Alderecho.com

Este post del Dr. Ricardo Gomez Cabaleiro, no tiene desperdicio.-
Cuenta el letrado en su excelente blog alderecho.com, que le sustrajeron en una cafetería el celular.-
El hecho en la Argentina hubiera terminado con la víctima pagándole un par de tarjetas al delincuente por las dudas, pero él, puso todas sus armas en recuperarlo... y de lagal forma!.-
Acá se están discutiendo muchos de estos temas, sobre la privacidad de las Ip..., interesantísimo.-
acá les paso el primer tramo del post, el resto, que no pueden dejar de leer, con fotos y todo, lo encuentran en el siguiente link:
http://www.alderecho.com/2009/03/no-codiciaras-el-movil-del-projimo/comment-page-2/#comment-871


NO CODICIARÁS EL MÓVIL DEL PRÓJIMO

Las pequeñas injusticias, los ilícitos en los que el esfuerzo requerido para su persecución es mayor que el resarcimiento esperable, generan en cualquier ciudadano una enorme frustración, en la convicción de que, por más evidente que sea la injusticia, resulta imposible combatirla. Es lo que nos pasa si alguien deja que su perro haga sus necesidades en la acera, si un gamberro nos despierta porque le parece muy divertido pasar la calle tocando el claxon o si nos quedamos sin línea de teléfono durante un par de horas. Sabemos que se trata de hechos que provocan un daño y que llevan aparejadas consecuencias civiles o penales, pero raramente se nos pasa por la cabeza llevar a cabo acción alguna al respecto. Esta inactividad nos puede plantear una duda ¿no se puede revocar la injusticia porque nadie actúa al respecto, o nadie actúa al respecto porque no se puede recovar la injusticia? En más de una ocasión, quien escribe estas líneas se había planteado esta pregunta, en forma de “¿…y que pasaría si ahora pusiera todos los medios necesarios para resarcir el pequeño perjuicio? ¿Alcanzaría mi objetivo o antes o después me vería obligado a abandonar? Y como no soy persona que guste de quedarse con la duda, he llevado a cabo un experimento jurídico que hoy tengo el placer de compartir.

PRINCIPIOS DE JULIO DE 2008, POR LA MAÑANA:

Me encuentro tomando un café en un bar de cuyo nombre no quiero acordarme. Llevo conmigo un teléfono-PDA como el de la imagen. Aunque no soy especialmente gadgetófilo, los que me conocen saben de mi devoción por este pequeño ingenio.


EL MISMO DÍA, UN POCO MÁS TARDE:

A los pocos minutos de salir del bar me percato de que no llevo conmigo el teléfono. Regreso raudo y veloz para comprobar si me lo he dejado en la barra, pero está vacía. Pregunto a los camareros y no lo han visto. Sé que al entrar en el local lo tenía conmigo, así que el diagnóstico está claro: alguien me ha robado el móvil.

EL MISMO DÍA, OTRO POCO MÁS TARDE:

Llamo a mi número. Como era de prever, “apagado o fuera de cobertura”.

EL MISMO DÍA, UN PAR DE HORAS MÁS TARDE:

Llevo al bar unos cartelitos que he elaborado y los camareros tienen la amabilidad de situarlos en un lugar bien visible. En ellos informo de mi interés en recuperar la tarjeta de memoria, en la esperanza de que el desaprensivo que se haya apoderado del aparato pueda dejarla en cualquier rincón del bar.

EL MISMO DÍA POR LA NOCHE:

Tomo una decisión: voy recuperar mi móvil (“hazlo o no lo hagas…pero no lo intentes”).

EL MISMO DÍA POR LA NOCHE, UN POCO MÁS TARDE:

Preparo un escrito dirigido al Juzgado de Instrucción de guardia. En él, tras unas breves explicaciones técnicas, intereso las siguientes diligencias urgentes:

—Que se requiera a todas las operadoras móviles de España aportando los datos sociales de Movistar (Telefónica Móviles España S.A.U.), Vodafone (Vodafone España S.A.), ORANGE (France Telecom España S.A.) y EUSKALTEL (Euskaltel S.A.) a fin de que, con carácter urgente, comuniquen al juzgado cualquier conexión o intento de conexión que en adelante se realice desde el terminal identificado con el número de “International Mobile Equipment Identity” (IMEI) 00000000000 (número figurado), cualquiera que sea la tarjeta SIM empleada. Expresamente se debe establecer que se ocultará al usuario el seguimiento realizado y en ningún caso se bloqueará el terminal.

—Que se requiera en los mismos términos a las compañías que gestionen las estaciones de comunicación BTS.

—Que se requiera a la operadora móvil que detecte cualquier conexión o intento de conexión para que facilite al juzgado la identidad y datos de localización del titular de la SIM que se emplee, así como la localización exacta de la estación que le preste cobertura. Asimismo, deberá facilitar las localizaciones de cobertura que esa misma SIM obtenga aunque sea desde otro terminal.

—Que se oficie al Grupo de Comunicaciones de la Brigada de Investigaciones Tecnológicas de la Policía Nacional a fin de que coordine las investigaciones anteriores.

AL DÍA SIGUIENTE; POR LA MAÑANA:

Presento el escrito ante el juzgado de instrucción de guardia.

HORAS MÁS TARDE:

Providencia del Juez de Guardia, que no acuerda la tramitación como urgentes de las diligencias. Intereso remisión al Juzgado Decano para reparto. Se acuerda.

MEDIADOS DE JULIO:

Reitero mi petición ante el Juzgado al que se ha turnado el procedimiento.

FINALES DE JULIO:

Malas noticias: Por Auto del día 16, el juzgado acuerda la incoación de diligencias previas y al mismo tiempo decreta el sobreseimiento provisional de las actuaciones.


FINALES DE JULIO (MÁS HACIA EL FINAL):

Se notifica la anterior resolución al fiscal.


continúa... leanlo en su blog http://www.alderecho.com/2009/03/no-codiciaras-el-movil-del-projimo/comment-page-2/#comment-871

viernes, marzo 13, 2009

Ojo!! a leer en voz baja!!


Según parece, se especula que el formato electrónico del libro, es decir los e-books, superarán en ventas a los de soporte papel, dentro de algunos años.-
Esto por suerte no lo leyo mi santa pero cabrona madre, bibliotecaria desde hace 30 años y continuando, porque sino creo me quedo huérfano de madre antes de tiempo.-
También se comenta (por lo menos lo hacen en este artículo http://www.elpais.com/articulo/cultura/Libro/electronico/ruegos/preguntas/elpepicul/20090301elpepicul_1/Tes), que los problemas de copia no serán tan grandes como con la música o el soft, debido a la barrera idiomática o a los diferentes formatos existentes.-
Según parece, y ya es una realidad en EEUU, el verdadero conflicto estaría dado con una característica que posee el "Kindle2", lanzado hace dos años por Amazon.com, un libro electrónico que permite la lectura en voz alt de sus textos.-
Como soy un poco corto, lo primero que me pregunté es que tiene que ver que sea en voz alta... bueno, tal como dice el fragmento que cito más abajo, los derechos de audio se pagan aparte, cosa que la empresa que lo desarrollo no estaría muy dispuesta a hacer.-
De todas estas cuestiones "nuevas" o "novedosas" que salen, tiendo a asociarlas con afines que venían sucediendo hasta el día de la fecha.-
En este estado de situación... reitero, mi madre, bibliotecaria por más de 30 años e insistiendo, suele leer cuentos a chicos los días sábados a la mañana... me pregunto???, habrá algún colega penalista que la defienda si los autores se enteran...-
Concluyendo, no se si es bueno o malo, se que se pone el grito en el cielo por tajadas de dinero que son un pelotazo en contra... o acaso a esos chicos que hoy se les lee en voz alta no son los que van a leer a esos autores que se niegan sa esto..., reitero, no se si es bueno, si es malo, si legal o no, pero se los cuento... y en voz alta... je.-

el texto que dije más arriba que citaba es este: "Para liar aún más el asunto, la aparición de Kindle2, a la venta esta semana en EE UU, ha añadido otro fente a la batalla. Puede leer textos en voz alta, lo que ha provocado un nuevo litigio: los derechos de audio han de pagarse aparte, cosa que el dispositivo de Amazon no hace."
Es una noticia de Diario Elpais.com, el título es: "Libro electrónico: ruegos y preguntas
El sector editorial se debate entre el papel y el imparable avance del soporte digital " y la dirección completa es la que cité en el texto.-
Este mismo post, fue publicado por el suscripto en http://derechoinformatico.ning.com read social del derecho informático

jueves, marzo 05, 2009

escribime vos el mail....


Pude leer en Infobae.com, que en Finlandia, se promulgó una ley que permite a las empresas y organismos públicos leer los correos de sus empleados, la excusa, o razón según que opine cada uno, es evitar la filtración de secretos industriales.-
Teniendo como parámetro el reciente fallo de la corte Suprema acá en Argentina, por el denominado caso Halabi, no tendríamos que pensar que estamos ante una violación de la privacidad?
Ojo que soy de los que creen que si la empresa puso sobre aviso a sus empleados que la computadora y el correo institucional que le dio son herramientas de trabajo, el uso de las mismas carece del sentido de privacidad, porque todo lo que allí haga el empleado no es sino cuestiones de la empresa.-
Dicho esto, es que reitero, según el fallo halabi, no estariamos en la Argentina ante un caso inconstitucionalidad por violación al artículo 18 de la Constitución? se acuerdan:
"Artículo 18- Ningún habitante de la Nación puede ser penado sin juicio previo fundado en ley anterior al hecho del proceso, ni juzgado por comisiones especiales, o sacado de los jueces designados por la ley antes del hecho de la causa. Nadie puede ser obligado a declarar contra sí mismo; ni arrestado sino en virtud de orden escrita de autoridad competente. Es inviolable la defensa en juicio de la persona y de los derechos. El domicilio es inviolable, como también la correspondencia epistolar y los papeles privados; y una ley determinará en qué casos y con qué justificativos podrá procederse a su allanamiento y ocupación. Quedan abolidos para siempre la pena de muerte por causas políticas, toda especie de tormento y los azotes. Las cárceles de la Nación serán sanas y limpias, para seguridad y no para castigo de los reos detenidos en ellas, y toda medida que a pretexto de precaución conduzca a mortificarlos más allá de lo que aquella exija, hará responsable al juez que la autorice. "
En fin, tampoco hay que matarse tanto, total... estamos en Argentina... No?
O Justamente por estar en Argentina deberíamos preocuparnos??
Por cierto se la llama Ley Nokia por la presión ejercida por esa empresa para que se promulgue la misma
Bienvenidos