jueves, junio 26, 2014

Posgrado Especialización en Derecho Informático LA PROPIEDAD INTELECTUAL EN LAS TIC

Estimados amigos, es para la Red ElDerechoInformatico.com, un gran gusto, anunciar el lanzamiento del Modulo "LA PROPIEDAD INTELECTUAL EN LAS TIC", en el marco del posgrado en Derecho Informático que organiza la esta Red y cuya certificación es emitida por la UNIVERSIDAD NACIONAL DE LA PATAGONIA SAN JUAN BOSCO.-
Docente a cargo es el Dr. Ivan Darío Marrugo Jimenez.-
Carga Horaria es de 16 hs, con 10 hs por videconferencia en vivo, las clases son grabadas y remitidas al alumno.-
Valor del Módulo es de 300 dolares para pagos fuera de Argentina y pesos 2000 para pagos desde Argentina.-
Días de cursado son: Martes 15 y 22 de Julio y Jueves 17 y 24 de Julio en bloques de 2 horas.
Horario de cursado de 18 a 20:00 pm HORA COLOMBIANA 20 A 22 hs de Argentina.-
Las condiciones de solicitud de becas se encuentran al final del post
INSCRIPCIONES escirbir a info@elderechoinformatico.com o completar formulario al pie
Justificación: A la fecha resultan innegables los retos para las nociones tradicionales del Derecho que han traído consigo las tecnologías de la información y comunicaciones; la propiedad intelectual no ha sido la excepción. Dada la aparición de nuevos paradigmas en el uso y aprovechamiento de obras protegidas tradicionalmente por los derechos de propiedad intelectual, se hace necesario abordar el estudio de los principios y reglas frente al desarrollo tecnológico así como el estudio de las diferentes respuestas en las legislaciones latinoamericanas a estos importantes retos.

Programa Académico:

1.    Aproximación histórica y conceptual al régimen de Propiedad intelectual global.
2.    Sistema de fuentes internacionales en propiedad intelectual.
3.    Las Tic y la Propiedad Intelectual.
4.    Derechos de Propiedad Intelectual del Software y obras multimedia.
5.    Análisis acumulativo de la PI con otros sistemas jurídicos.
6.    Propiedad industrial: Marcas y patentes. Sistemas internacionales de protección.
7.    Nueva gestión de Derechos de Propiedad intelectual: Los sistemas Creative Commons, plataformas alternas, Copyleft.
8.    Acciones y protección de la Propiedad intelectual.


Docente: IVÁN DARIO MARRUGO JIMÉNEZ | Estudios: Abogado de la Universidad San Buenaventura de Cartagena; Especialización en Derecho de las Telecomunicaciones, Universidad del Rosario; Candidato a Magister en Derecho Administrativo, Universidad del Rosario. Actualmente Socio, Director General de Marrugo Rivera & Asociados, Estudio Jurídico. Otras Actividades: Profesor de la Especialización en Derecho y Tecnología de la Información de la Universidad del Rosario, Miembro Fundador del Colegio de Abogados Especialistas en Telecomunicaciones de Colombia, Docente Titular de la catedra Derecho Administrativo Colombiano del programa de Derecho de la Universidad de San Buenaventura Sede Bogotá y del Diplomado en Contratación Estatal de la Unidad de Educación Continua de la misma Universidad. Miembro Experto de la Asociación Colombiana de Derecho Informático y de las Nuevas Tecnologías de la Información y Comunicaciones ACODITIC y Miembro del subcomité de Comercio Electrónico de la Cámara de Comercio Internacional. Miembro de la comisión de regulación y gobierno de la Cámara Colombiana de Comercio electrónico.  Conferencista en Contratación Estatal, Derecho Informático, Comercio Electrónico, Seguridad Informática, Propiedad Intelectual, Aspectos Tributarios en Comercio Electrónico y Telecomunicaciones.


BECAS
Beca 30% del valor de cada Módulo:

Requisitos:
  • - Título de grado emitido entre los años 2008 y 2009 .-
  • - No ser mayor de 30 años a la fecha de solicitud de la beca.-
  • - Una vez obtenida la beca para mantenerla no deberá ser calificado con nota inferior a 8 (ocho).-
  • - Publicar un Artículo en cada revista que edite el sitio ElDerechoInformatico.com.-

Beca 40% del valor de cada Módulo:

Requisitos:
  • - Título de grado emitido entre los años 2010 y 2011.-
  • - No ser mayor de 28 años a la fecha de solicitud de la beca.-
  • - Una vez obtenida la beca para mantenerla no deberá ser calificado con nota inferior a 8 (ocho).-
  • - Publicar un Artículo en cada revista que edite el sitio ElDerechoInformatico.com.-

Beca 50% del valor de cada Módulo
:

Requisitos:
  • - Título de grado emitido entre los años 2012 y 2013.-
  • - No ser mayor de 26 años a la fecha de solicitud de la beca.-
  • - Una vez obtenida la beca para mantenerla no deberá ser calificado con nota inferior a 8 (ocho).-
  • - Publicar un Artículo en cada revista que edite el sitio ElDerechoInformatico.com.-
Nota: Por si no fuera clara la redacción se informa que los descuentos son sobre el valor de cada módulo y se aplican al momento de la inscripción.-
Para mayor información pueden contactarnos a través de nuestro correo institucional info arroba elderechoinformatico.com

lunes, junio 23, 2014

Revista Digital ElDerechoInformatico Edición Nº 17

Leerla online haciendp click aquí:
Título: Revista Digital El Derecho Informático Nº 17 (Junio 2014)
Autor(es): Varios
Publicación: 2014
Editorial: Red Iberoamericana El Derecho Informático - Edición propia
Núm. Páginas: 32
Tamaño: 16,6 Mbs (zip)
Idioma: Español
Índice de Artículos:
- La necesidad de la protección de datos personales en Nicaragua - Parte 2. Por Lic. Jorge Luis García Obregon

- Análisis comparativo del fallo del TJUE en el caso "Costeja Gonzalez" y el caso "Belén Rodriguez". Por Abog. Javier Fernandez Moore

- Los servicios cloud computing y su adaptación a la ley española. Por Marta Robles

- Resumen del VII Congreso de Derecho Informático - ADIAr / FCJS (UNL).

- Derechos humanos, vigilancia en las comunicaciones y protección de datos. Por Abog. Romina Florencia Cabrera

- Entrevista al Lic. Jorge Luis Garcia Obregon

lunes, junio 09, 2014

DERECHO A OLVIDAR Y SER OLVIDADOS


Internet, podría estar vivo, porque crece, muta, se expande, se contrae, Internet, tiene memoria, no olvida y
lo que es peor la gente que lo usa tampoco....-
 
Recuerdan cuando conectarse demoraba una eternidad, cuando tener una computadora decente era para unos pocos, cuando eran/mos jóvenes (no tanto) y la vida pasaba por los amigos reales y no los miles de inventados, cuando su vida y sus datos eran sólo suyos y de unos pocos elegidos por ustedes, se acuerdan cuando para guardar sus recuerdos sólo bastaba un diario íntimo con candado..., bueno, lamento decirles que algunas cosas han cambiado.-

Allá por febrero del 2011, Twitter fue uno de los primeros en ser duramente cuestionado por tomar datos del listado de  contactos del iPhone, bien, la red social del pajarito no ha quedado sola, incluso puede decirse sin temor a errarle que lo suyo ha sido hasta inocente, ¿y porque inocente?  Porque hay otros que no voy a nombrar (Facebook) que rastrea los sitios web que sus usuarios y no usuarios visitan, y porque también otros que no voy a nombrar (Google) se toma la “molestia” de guardar, todo aquello que toquen los navegantes de cualquiera de sus múltiples y útiles aplicaciones. La información recopilada, forma parte de (y con esto no digo nada nuevo) enormes y múltiples bases de datos que al ser cruzadas puedan tirar más y mejor información que cualquiera de la que pueda tener acceso cualquiera de las grandes agencias de inteligencia del mundo, y no es poco decir, llegado a este extremo creo que la pregunta mágica es. ¿Estos sitios que no nombro (Google, Facebook, Twitter etc.), saben demasiado?.-

Dependiendo del cristal con que se mire, algunos piensan que si (que saben demasiado), otros piensan que no lo suficiente, es decir, como en todo, están las dos bibliotecas, la que quiere limitar el uso comercial de los datos privados (lo cual no está nada mal por cierto) y la que sostiene que es la única forma de sustentar los enormes servicios “gratuitos” que nos brindan estas empresas (y no es tan errado). La Unión Europea redactó en el 2012 regulaciones en materia de privacidad que se denominaron como el "derecho a ser olvidado", estableciendo que "los datos personales deben ser borrados y ya no ser procesados, tanto aquellos que ya no son necesarios como aquellos en que los interesados han retirado su consentimiento para el procesamiento".-

Siguiendo con el criterio de las dos bibliotecas, están los que piensan que esto no sólo es impracticable sino que es un peligro para la seguridad nacional, que financieramente es inviable, o incluso que es ir contra la libertad de expresión. Aquí en Argentina el derecho a ser olvidado tiene algunos antecedentes interesantes en materia jurisprudencial (interesante dependiendo de quien lo mire, se entiende ¿no?). En estos días el caso de las modelos vinculadas a sitios de pornografía fueron objeto de audiencia pública en la Corte Suprema de la Nación. La búsqueda de determinados nombres en Yahoo! Argentina da por resultado una página en blanco con el mensaje: "Debido a una orden judicial solicitada por un particular, consideramos que es necesario retirar temporalmente todos los resultados (2,5 millones) de búsqueda relacionados con este investigación". Aquí es donde el punto se va poniendo lindo, porque vemos que así como puede servir para permitir que algo que a uno no le interesa que se difunda por no contar con nuestro consentimiento, también puede darse para el bloqueo de cuestiones que no tienen que ver directamente con uno por lo que debemos ser muy cuidadosos en no caer en extremos que lleven a la ineficacia de la información.-

Creo importante señalar que el derecho al olvido sólo debe referirse a la información que nosotros mismos generamos. La difamación ya posee los límites necesarios para lo que puedan decir de nosotros, por lo que la vía de remoción de esas cuestiones, me parece que deberían ir por andariveles separados.-
Desde mi muy personal punto de vista creo que los usuarios deberían poder eliminar aquella información que han brindado sobre sí mismos y la que no, pero les afecten, ya sea mediante palabras, hechos, gustos, mensajes y porque no, acciones, (no dejemos afuera a las fotos), también debería poder eliminarse aquellas condenas penales que hayan sido cumplidas, el mantenerlas creo no haría más que prolongar un escarnio que debería finalizar con el cumplimiento de la pena impuesta, sino para que meterlo en la cárcel, para que pedir justicia si lo que queremos es venganza.-

Algo de lo comentado en el párrafo precedente se está dando, cualquiera de nosotros (bah de los que tengan Facebook) puede modificar al punto de eliminar, añadir, mensajes o eventos de su linea de vida. Lo que debemos preguntarnos es si con esto basta, sino sería necesario acaso que haya una mayor transparencia, y no estoy hablando sólo de que esto sea un derecho o algo que las empresas entreguen como una concesión graciosa, sino apuntar a un criterio que permita al usuario tener mayor control de lo que hace (o no no hace) de su persona y datos.-

Richard Allan (funcionario de Facebook) ha sostenido que el “canje” es beneficioso para ambas partes, ellos dan un servicio gratuito y nosotros les damos nuestras vidas para que lucren.... Sería algo como: “Si usted no está pagando por algo en línea, usted es el producto”.-

Cae de maduro, y si no está maduro pues pongámoslo al sol para que madure más rápido, que tenemos un derecho al olvido, y con esto no quiero decir que seamos borrados de la faz de la red, significa que tenemos derecho a que se nos recuerde por aquello, que por ser nuestro, tenemos derecho a disponer.-

Bienvenidos