lunes, junio 04, 2012

Reflexiones de derecho informático Mirando sobre el hombro…(sobre el hombro correcto)

Estimados amigos de la red, les dejo mi columna semanal del Diario Jornada de mi ciudad Trelew / Chubut.-
Mi intención ha sido expresar algunos puntos que considero relevantes respecto al derecho a la intimidad y el encuadre a darse en el caso que se comentara la semana pasada sobre el legislador con presuntos mensajes de soborno.-
saludos
Por Guillermo M. Zamora
Días pasados un diario de tirada nacional, publicó en su portada una noticia que más allá de lo político creo que habría que hacerle un análisis legal.-
Para ser sincero, no se cuanto de derecho informático tiene esto, pero el pensamiento surge de las nuevas implicación que tienen las tecnologías en todos los ámbitos, y como debe manejarse la privacidad y la intimidad en su derredor.-
La noticia puntualmente relataba que un legislador de la Provincia de Buenos Aires, había recibido y enviado mensajes de texto vía celular con otros legisladores donde comentaban que presuntamente se ofrecía el pago de una cantidad de dinero determinada a personas de la oposición o algo parecido.-
No voy a entrar en cuestiones partidarias porque no me corresponde ni me interesa y mucho menos es la función de esta columna, así que cualquier tipo de interpretación en esos sentidos les pido que la olviden, esto es una reflexión jurídica estrictamente.-
Como dijera, quisiera hacer una lectura jurídica del tema y sus interpretaciones, y no me refiero a las interpretaciones que pueden hacerse del texto del mensaje en caso que haya existido, porque todos sabemos que los mensajes de texto no tienen entonación, ni elementos que nos permitan saber la intencionalidad ni el sentido que se les da a los mismos, todos en algún momento hemos interpretado o discutido por mensaje de texto sin saber que nos querían decir del otro lado realmente.-
El punto que me parece interesante analizar o conversar con Uds. es doble, por un lado la intimidad del sujeto, por otro lado el rol que le cabe a un legislador en esta materia, ¿posee un legislador derecho a la intimidad? ¿Esa intimidad es en todos los ámbitos de su vida o sólo en lo que hace a su función pública? ¿El fotógrafo tenía derecho a retratar los mensajes de texto que intercambiaba el legislador? ¿Y si esos mensajes de texto hubieran sido con sus hijos o esposa o parientes de algún tipo? ¿El derecho a la información está por sobre la intimidad o privacidad de un funcionario?-
Entiendo que son demasiadas preguntas y que sus respuestas no sólo no son sencillas sino que son muy discutidas.-
Como primer paso me parece que tenemos que distinguir dos situaciones, el funcionario de la persona, por un lado y una vez hecha esta distinción fijarnos si el celular con el cual se mandaba este tipo de mensajes lo paga el Estado, es decir es oficial o es de su propiedad y la factura a fin de mes la paga de su bolsillo.-
La distinción es de relevancia porque si el celular es el que pagan los contribuyentes con sus impuestos, es decir oficial, podemos considerar que estaba con una herramienta de trabajo en su lugar de trabajo (la legislatura de la Provincia de Buenos Aires) y por ende “trabajando” como el celular es oficial, tiene el deber de responder y mostrar el contenido de su celular, y si en un acto de “descuido” borró el mensaje pues ponerlo a disposición para que se le haga una pericia donde con total seguridad se hubiera podido rescatar los mensajes borrados y eventualmente responder el sentido de los mismos, haciendo un cruzamiento de números de celular, pues se podría determinar quienes eran los propietarios de los números de los otros celulares, establecer si eran particulares u oficiales y listo el pollo pelada la gallina…, creo que estaríamos todos felices o por lo menos satisfechos de la labor cumplida.-
Ahora bien, supongamos que el celular era personal, que, como dijera la factura la paga el legislador de su bolsillo, entonces estamos hablando de mensajes de contenido privado, porque la esfera de intimidad que rodea a ese artefacto está comprendida por un círculo acotado de sujetos.-
Uds. me dirán, es un funcionario público y esta en horarios de trabajo y eso es muy cierto, pero les recuerdo que también es una persona y que tiene derecho a contestar cuestiones íntimas en cualquier momento, ¿y si le avisan que alguien querido ha tenido un accidente? ¿Y si se entera de algo personal que debe responder?, ahora bien, estaba en horario de trabajo, contestando cuestiones que hacen a su trabajo… bueno, también se modifica la perspectiva de todo, porque es indudable que debe investigarse un acto de corrupción.-
No la voy a hacer muy extensa, pero les dejo alguna que otra inquietud, no discuto bajo ningún concepto el derecho a la información que la Constitución Nacional nos garantiza, pero cuando dos derechos fundamentales chocan como en este caso, hay detalles que son importantes y que debemos imperiosamente detenernos a pensar, nosotros y por sobre todo fiscales y jueces.-
Todo lo que le pasa a otro nos puede pasar a nosotros, no nos olvidemos, cuando pretendemos dejar de lado el derecho y estas “menudencias”, estos detalles son importantes en pos de la justicia, porque se corre el riesgo que la misma pierda sentido y pase a ser venganza, vemos que se deja de ser justo para pasar a ser justiciero, se abandona el camino de la ley para tomar el atajo de la mano propia, y en su trayecto podemos encontrarnos con que nos tocan a los nuestros.-
Esta no es una defensa de la persona, si de los derechos de esa y toda otra persona así como una correcta apreciación de las cuestiones, ahora está en manos del poder judicial y sus selectos funcionarios el investigar a que órbita pertenece cada detalle y si es procedente aplicar todo el rigor que la ley permite y como decimos los abogados en el final de cada escrito, no tengan duda que SERÁ JUSTICIA.-

lunes, mayo 21, 2012

El Huevo, la Gallina o es la economía, estúpido...

Estimados amigos, les dejo mi columna del Diario Jornada de Trelew, espero les sea de interés.-

saludos

Por Guillermo M. Zamora

Hace unos días se publicó que los Dueños de Taringa (sitio donde la gente publica enlaces e información de todo tipo legal e ilegal) irán a juicio oral por permitir la descarga de contenido protegido por derecho de autor, eso significa que, por ejemplo, Alguien sube un post que dice: acá les dejo el enlace para que descarguen el software pirulo la canción X de moda, como el software pirulo o la canción X de moda tiene atrás una empresa o conjunto de música que lo desarrolló e invirtió plata para que la gente use/escuche su software/canción pero pagando antes, se los consideró participes necesarios para la comisión de un delito contemplado en la ley 11723 de propiedad intelectual.

El auto de elevación a juicio dice: "Los imputados a través de su sitio permitían que se publiciten obras que finalmente eran reproducidas sin consentimiento de sus titulares", sostuvo la Cámara del Crimen cuando confirmó sus procesamientos, y agregó que eso se hizo "sin que la maniobra fuera evitada por la administración".

¿Que dijeron oportunamente los acusados a todo esto?, pues que ellos sólo tienen un sitio web, los que intercambian material con derecho de autor son los usuarios, que ellos no tendrían nada que ver.

La Cámara de apelaciones rechazo este argumento y sostuvo: "Adviértase que si bien los autores del hecho finalmente serían aquellos que subieron la obra al website y los que 'la bajan', lo cierto es que el encuentro de ambos obedece a la utilización de la página, siendo sus responsables al menos partícipes necesarios de la maniobra y además claros conocedores de su ilicitud",

¿Esto es en lo único que ha pensado el tribunal a la hora de elevar la causa a juicio? Pues no, han sostenido que los dueños del sitio obtienen ganancias, mediante la publicidad tienen ingresos más que considerables, por lo que en definitiva obtendrían un rédito económico del modelo de negocio elegido.

Ahora bien esta es la letra fría de las noticias publicadas o argumentos utilizados, y por los cuales a los dueños del sitio podrían corresponderles hasta un máximo de 6 años de prisión.

Lo que muchos se preguntan es si lo que hace Taringa (o mejor dicho sus dueños) es tan grave. Algunas encuestas recientes en Europa revelan que el 49% de los adolescentes entre los últimos años de la primaria y los finales de la secundaria no saben las normas respecto a la propiedad intelectual. Sin embargo, el 82% de los adolescentes que dijeron que estaban familiarizados con esas reglas, dijo que las personas que descargan ilegalmente contenidos deben ser castigadas. Esto es en comparación con el 57% de los adolescentes que no estaban familiarizados con la ley. Ahora bien, estos mismos adolescentes (y adultos) que dicen que hay que castigar a quienes descargan contenidos no autorizados son los que luego llegan a su casa y se ponen a descargar de todo o compran DVD`s truchos (léase copias ilegales o piratas). Es más, si reducimos la pregunta en un simple: ¿Ud. cree que está mal cometer un delito? todos van a coincidir en que si, pero si le preguntamos si está mal descargar películas nos dicen que NO, esto es porque no hay una cultura tecnológica internalizada que permita entender a la gente el daño que hace con esto, porque no es ya solamente la empresa que deja de cobrar royalties por esto, sino por los impuestos que no cobra el estado.

El problema, creo y lo he dicho en casi todas mis columnas, no son las cosas. Son las personas, quizás reinterpretando a la gente quiero creer que consideran que deben ser castigados pero no tanto como para ponerlos presos, entonces, ¿el problema es el delito o el castigo?

Podemos hablar de infracción, podemos hablar de apropiación indebida o uso no autorizado. Ahora el gran problema es que durante muchos años las industrias de la música y el cine han intentado realmente hacer que el público en general se ponga a pensar en esto como un problema de robo y no es robo, cuando se copia un archivo digital, no se está sustrayendo nada.

Se ha tratado de utilizar el peso moral del robo y, sin embargo la mayoría de la gente lo rechaza por entender que hay una diferencia entre lo palpable y no palpable.

Me parece que la situación planteada se resumiría en rever usos y costumbres, y con esto no quiero ni remotamente dar a entender que se puede incumplir la ley amparándose en lo que todos hacen, la ley debe cumplirse sino viviríamos en una sociedad anárquica y no es mi intención ello en absoluto, mi idea es que deben respetarse los usos y costumbres porque son ellos fuente del derecho, es decir son los creadores de la ley, y una vez que las conductas de las personas sean ley respetarlas, el punto son los intereses económicos son las industrias millonarias es ni más ni menos que al decir de James Carville, asesor del demócrata Bill Clinton en la exitosa campaña que lo llevo a la presidencia allá por 1992 cuando sostuvo "¡Es la economía, estúpido!" , bueno concluyendo mi propuesta es no seamos estúpidos.-#

lunes, mayo 14, 2012

No sos vos, soy yo.. o vos sos yo? o...

Estimados, les dejo mi columna semanal del Diario Jornada de Trelew.-
En esta oportunidad, intento explicar en que consiste el robo de identidad su (nulo) encuadre legal y como prevenirlo, saludos y recuerden que el mismo no esta escrito en forma de lecura técnica, sólo de opinión.-
sados
Por Guillermo M. Zamora (*)

Es posible que alguien me robe la identidad? Si hablamos técnicamente debo responder que no. Nadie puede robar su identidad porque salvo alguna película de Hollywood Ud. va a seguir siendo Ud.

El código penal argentino en su título VI - capítulo II trata del robo (arts. 164 a 167 bis). Al igual que el hurto, robar es apoderarse de una cosa mueble ajena (total o parcial) en forma ilícita, pero con la diferencia que se debe ejercer fuerza en las cosas; o sobre las personas, violencia.

Se que es una cuestión técnica pero es importante el encuadre para saber si uno tiene algún tipo de acción contra alguien que se hace pasar por nosotros.

Robar es quitarle algo a alguien por la fuerza sobre las cosas o las personas, así que ¿como haría un delincuente para decirle a alguien dame tu identidad o te pego un tiro? Sería cuanto menos complicado. Me parece que la definición más exacta para esta actividad sería el de suplantación de identidad. Pasa que decir robo es más entendible para el imaginario popular.

Ahora bien, ya sabemos que no nos pueden robar ni la identidad ni la personalidad, sino que a lo sumo pueden suplantarnos y hacer creer a un tercero que está haciendo negocios con nosotros cuando en realidad lo hace con un malviviente. ¿Esto nos alivia? ¡Por supuesto que no! Yo diría que tenemos que preocuparnos un poco más.

¿Que es o en que consiste el robo o suplantación de identidad? Pues normalmente es cuando alguien utiliza el nombre e información de un tercero para cometer fraude. En otras palabras: un impostor se hace pasar por Ud utilizando su número de tarjeta de crédito o algún otro dato de identificación personal.

El mayor problema que puede acarrear esto es que probablemente no se entere que se han hecho pasar por su persona hasta que le empiezan a llegar las citaciones o aparece en alguna empresa de riesgos crediticios sin haber nunca tenido una deuda, puede recibir facturas por una cuenta de tarjeta de crédito que nunca abrió, puede pasar un período o ciclo de facturación sin que reciba su resumen de cuenta, o tal vez descubrir cargos en sus facturas que usted no firmó, no autorizó o que desconoce.

Ahora bien, nada mejor que saber como pueden robarle o suplantarle su identidad para estar prevenido. Aquí van algunas de las maniobras utilizadas por los amigos de lo ajeno:

- Hackear su correo electrónico, tomar datos de las tarjetas de crédito, revisar extractos bancarios.

- Una forma no muy tecnológica es simplemente robándole su billetera (robándosela, no suplantándola), o papeles comerciales de negocios y vehículos para obtener información sensible.

- Otra forma es la llamada Ingeniería social. Es decir el estudio de hábitos y costumbres de las víctimas mirando en la basura, o estudiando comportamientos con eso se enteran de fechas importantes, datos de consumo, nombres de parientes y luego prueban contraseñas en las diferentes cuentas de correo o bancarias que pueda tener el afectado.

- Parece medio fantástico en nuestra sociedad chubutense pero puede suceder el sobornar a terceros para obtener información de su lugar de empleo.

- Correos electrónicos o “phishing” que es cuando le llega un correo pidiéndole que introduzca información bancaria en una dirección web que puede parecer idéntica a la de su banco pero con seguridad no lo es, no existe institución bancaria que solicite datos de esa manera.

- Ya usando elementos más sofisticados cuando se colocan artefactos que permiten la lectura de los números de tarjetas de crédito a través de un dispositivo pequeño de datos que captura toda la información sobre las tarjetas, (esto ocurrió hace unos años en algunas estaciones de servicio).

El robo o suplantación de identidad o como gusten llamarlo, es quizás una de las formas que más frustración produce, uno se ve despojado de sus bienes y en algunos casos de su reputación.

Me ha tocado en mi estudio particular atender cosas de este tipo, y por suerte los hemos podido sacar adelante, pero todo ha sido merced a que el afectado actuó con celeridad, contactó a sus tarjetas de crédito, radicó la denuncia pertinente y por supuesto busco asesoramiento, que son las tres cosas que ineludiblemente debo recomendarle que haga.

Algún consejo más: destruir toda la información personal antes de tirarla a la basura incluido estados de cuenta bancarios, cualquier cosa que contenga los detalles de información de salarios, tarjetas de socio, incluso los viejos, mantener sus operaciones bancarias y números PIN de tarjetas de crédito en lugar seguro. Ningún banco va a llamarlo para pedirle su número de PIN.

Otra versión de esta modalidad se vio no hace mucho en un programa de televisión donde mostraban gente que en una red social se hacia pasar por otro, si bien el fin no era perjudicar al suplantado, si era engañar al receptor de los mensajes.

La lista sigue y mi espacio no, por lo que lo único que puedo decirle es que en Internet tenga el mismo cuidado que en su casa o más aún es terrible tener que llegar al extremo de decir “no sos vos, soy yo, ¿o vos sos yo? O ¿él es mi? O ¿quién soy yo?

(*) Especialista en Aspectos Regulatorios del Gobierno Electrónico - Especialista - “Implementación de Estrategias de Gobierno Electrónico” – EducOAS – Escuela de Capacitación de la Organización de Estados Americanos (OEA).- Especialista en Governanza – Gobierno Digital - Organización Universitaria Interamericana (OUI).

jueves, mayo 03, 2012

Estimados les dejo mi columna del Diario Jornada de mi ciudad, Trelew.-
Intento de manera muy sencilla dejarles algunos pensamientos sobre la buena fe en estos tiempos modernos.-

Por Guillermo M. Zamora (*)

La buena fe es eso que todos tenemos, que muchos declaman y pocos ejercen.

La buena fe es la forma de decir hago esto creyendo en el otro, pensando que si yo cumplo lo pactado voy a obtener lo convenido. La buena fe es confianza, es aquello que ha regido desde hace tanta cantidad de años que pareciera que la humanidad la ha gastado y queda ya poca de ella, salvo en "los hombres de buena voluntad que quieran habitar el suelo Argentino…" al decir de nuestra Constitución Nacional.


El principio de la buena fe en derecho sería algo así como aquel deber que se le impone a las personas de actuar de manera correcta, es decir como se comportaría una persona honorable y diligente lo que se le suele llamar buen padre de familia. La ley toma esta definición como parámetro para proteger o juzgar la honestidad de los sujetos en la circulación de los bienes.

A veces me pregunto en qué punto se tocan la buena fe y el derecho informático, y la verdad que al igual que en el resto de las ramas del derecho diría que en casi todos.

Necesitamos confiar en el otro, el principio de hacer las cosas con buena fe esta omnipresente en cada acto que se produce a través de Internet o el uso de las nuevas tecnologías, incluso me animaría a decir que está más vigente que nunca.

Pero si bien la idea es siempre la misma, es decir arrancar pensando que actuamos y actúan con nosotros de buena fe, dentro del comercio electrónico y la confianza, el derecho y las nuevas tecnologías nos han regalado la firma digital cuya regulación en nuestro país está comprendida por la Ley 25.506, reglamentada más tarde por el Decreto 2628/2002 estableciendo las pautas para el otorgamiento y revocación de las licencias a los certificadores que se encuentren habilitados a tal fin, el punto es que los requisitos son tan exigentes que en nuestro país todavía no hay entidades licenciadas certificantes de firma digital que otorguen a cualquiera (si lo es la AFIP, el Superior Tribunal de Chubut y Anses por ej), estos organismo están facultados a otorgar una firma digital dentro de su estructura para certificar los documentos electrónicos que circulen dentro de su ámbito, no obstante esto, si hay firma electrónica, cuál es la diferencia… Es sustancial.

La ley

"Firma Digital. Se entiende por firma digital al resultado de aplicar a un documento digital un procedimiento matemático que requiere información de exclusivo conocimiento del firmante encontrándose esta bajo su absoluto control. La firma digital debe ser susceptible de verificación por terceras partes tal que dicha verificación simultáneamente permita identificar al firmante y detectar cualquier alteración del documento digital posterior a su firma", y el artículo 5 dice:

"Firma electrónica. Se entiende por firma electrónica al conjunto de datos electrónicos integrados, ligados o asociados de manera lógica a otros datos electrónicos, utilizado por el signatario como su medio de identificación, que carezca de alguno de los requisitos legales para ser considerada firma digital. En caso de ser desconocida la firma electrónica corresponde a quien la invoca acreditar su validez."

En pocas palabras es firma electrónica cuando no es firma digital. El punto de relevancia es que, como no hay entidades licenciadas certificantes que emitan firmas digitales de manera abierta, todas las firmas son electrónicas, por ende ninguna es oponible en juicio sin otra prueba que le de sustento.

¿Por qué es importante esta diferenciación? pues porque un documento puede valer o no si está firmado de una manera u otra, es decir su forma es vital a la hora de probar algo en juicio.

La ley de firma digital fue dictada en el año 2001, es decir hace más de 10 años, y aún no ha podido bajarse al ciudadano o comerciante corriente. Es muy lindo tener el coche más nuevo y más caro y más ostentoso, pero sino sabemos manejar difícilmente podamos lucirnos con él… ¿Me explico?

No quiero extenderme mucho más en este punto, sólo citarlo a fin de que no desesperemos, algo hay en el horizonte que nos puede dar certeza de nuestros actos en la red, hay soluciones, hay herramientas que nos permitirán comprar y manejarnos un poco más tranquilos en redes sociales y otras cuestiones.

Ya lo he dicho en otras oportunidades: el problema no son las cosas, son las personas, nosotros somos los que decidimos el uso que queremos darle a estas nuevas tecnologías, comprar por Internet es maravilloso, nos da un amplio abanico de opciones, nos permite comparar, recorrer, estudiar y analizar propuestas sin movernos de nuestra casa, pero como siempre, en toda operación comercial hay una contraparte que quizás no tiene los mismos buenos fines que los nuestros y es ahí donde la buena fe se pierde en la marea de bit and bytes, aquí es donde si no seguimos con los ojos bien abiertos, es que entra el yo confío, tu confías el confía y alguien nos embroma.#

(*) Director de la Red Iberoamericana ElDerechoInformatico.com

Director del Posgrado en Especialización en derecho informático de la UNPSJB.-

miércoles, mayo 02, 2012

Proponiendo legislación – REGISTRO NO LLAME

Reflexiones de derecho informático

Hace un par de años atrás, para ser más específico en el año 2007, asesoraba a un Diputado de la provincia, entre mis tareas estaba acercarle ideas y proyectos de leyes, uno de ellos fue el que les transcribo a continuación, no se si es de utilidad alguna, pero si creo que sería algo que nos beneficiaría a todos de una u otra.-
El proyecto consistía en la creación de un Registro de usuarios donde uno debía inscribirse para evitar ser llamado o recibir mensajes de texto molestos por parte de empresas ofreciendo sus productos. Dentro del articulado del proyecto detallo los fundamentos del porque de cada cosa.-


PROYECTO DE LEY REGISTRO NO LLAME
Fundamentos:
El masivo uso de la telefonía celular ha abierto una vía publicitaria cuyo mal uso, deriva en constantes comunicaciones por parte de empresas para con el consumidor interfiriendo en su esfera privada.-
Hoy en día el teléfono domiciliario no puede interpretarse como un elemento de lujo o suntuario, su posesión lo convierte en una herramienta de comunicación por lo que su uso abusivo por parte de empresas para comunicar ofertas, promociones, ventas, regalos, o publicidades, debe ser regulada resguardando la esfera intima del usuario.-
Es necesario ofrecer a los usuarios de servicios telefónicos una vía para expresar su decisión de no ser contactados por el sistema de telemarketing, ante el abuso de estos servicios de telecomunicación por parte de las empresas que colocan en una situación de vulnerabilidad al usuario, con técnicas que a veces rozan lo intimidatorio.-
Asimismo, dentro de los sujetos que padecen estas prácticas pueden estar personas jurídicas, porque si bien carecen de esfera privada, poseen el derecho a no ver mal utilizado su tiempo y recursos humanos para distraer en estas comunicaciones.-
Articulado
Artículo 1° - Creación Registro. Objeto. Créase en el ámbito de la Provincia del Chubut el "Registro No Llame" con el objeto de proteger a los usuarios de servicios telefónicos de los posibles abusos que puedan surgir del mal uso del telemarketing para publicitar, ofertar, vender y/o regalar bienes y/o servicios. (El texto de la ley 2014 de Ciudad Autónoma de Bs As. No dice MAL uso, sólo “uso”, he optado por agregarle el calificativo MAL, no sólo para diferenciarlo sino para remarcar que es una utilización perjudicial el que te lleguen mensajes).-
Artículo 2° - Inscripción. Pueden inscribirse en el "Registro No Llame" todo titular de una línea telefónica fija o móvil, que no desee recibir telefónicamente llamadas o mensajes de texto, por parte de empresas que publicitan, ofertan, venden y/o regalan bienes y/o servicios en el ámbito de la provincia, incluyendo empresas o entidades a la que se les haya contratado servicios o prestaciones. (la ley de C.A. Bs As, habla de personas, el tema es que si el celular o número de teléfono esta a nombre de una empresa esta no puede acceder al registro, por lo que tendrían que soportar esto. Por otro lado, también habla de empresas que haciendo uso de datos personales, por un lado se supone que si saben su número aunque sea un dato personal saben, es decir una perogrullada, por otro lado, si no tienen base de datos personales y sólo el número, lo pueden seguir haciendo, mejor eliminar eso y que no puedan enviar publicidad sea cual fuere el dato que tengan)
Artículo 3° - Definiciones. A los efectos de la presente ley se entiende por:
Telemarketing: el uso de cualquier tipo de comunicación por vía telefónica mediante la cual un agente intenta publicitar, ofertar, vender y/o regalar bienes y/o servicios a un consumidor.
Datos personales: información de cualquier tipo referida a personas físicas o de existencia ideal, determinadas o determinables. (Definición dada por la Ley 25326)
Artículo 4° - Obligaciones. Las empresas que utilizan en la actualidad o a futuro el sistema de telemarketing para publicitar, ofertar, vender y/o regalar bienes y/o servicios en el ámbito de la Provincia, no pueden dirigirse a ninguno de los inscriptos en el "Registro No Llame". (el subrayado es agregado, evita que digan que a la fecha no usaban el sistema y que empezaron después)
Artículo 5° - Requisito. Para la inscripción en el "Registro No Llame" la persona debe consignar y acreditar el número de teléfono que corresponde a la línea que es titular y a la cual las empresas en el ámbito de la provincia no podrán llamar, según lo dispone el artículo 4° de la presente ley.
Artículo 6° - Duración y renovación de las inscripciones. Las inscripciones son de tipo indeterminado a partir de su incorporación al "Registro No Llame", hasta una manifestación en contrario del registrado. (la ley de CABA establece 2 años, renovable automáticamente, pero en realidad como la baja también se puede solicitar, no tiene sentido poner un plazo para que sea renovable)
Artículo 7° - Medios para la inscripción. La inscripción en el registro, así como la baja, deben ser posibles por medios eficaces, de uso rápido y sencillos, sean estos informáticos, telefónicos, Internet, postales, o cualesquiera otro que disponga la reglamentación de la presente ley. (la ley de CABA decía informáticos, telefónicos y/o postales, excluyendo Internet que no es informático, opté poner una enumeración no taxativa de medios, para que dependa de la reglamentación, y sea modificable de manera ágil)
Artículo 9° - Autoridad de aplicación. La autoridad máxima en materia de Defensa de los Derechos del Consumidor de la Provincia del Chubut, es la autoridad de aplicación de la presente ley.
Artículo 10 - Régimen procedimental. El régimen procedimental aplicable es el establecido en la ley para la Defensa del Consumidor y del Usuario, LEY VII – Nº 53 (Antes Ley 5830)
Artículo 11 - Plazos de notificación. Las empresas que utilizan el sistema de telemarketing para publicitar, ofertar, vender y/o regalar bienes y/o servicios en el ámbito de la Provincia, deben notificarse de las inscripciones registradas, dentro de los noventa (90) días a partir de la promulgación de la presente ley. En lo sucesivo deberán notificarse cada cuarenta y cinco (45) días de las altas y bajas del registro. (la ley de CABA decía 90 días, pero me parece que es mucho tiempo)
Artículos 12 y 13 son de forma.-
Bueno, el presente proyecto no tiene mayores pretensiones que la de exponer una idea, vivimos quejándonos por aquellas cosas que nos molestan, bueno es proponer alguna solución o salida a esas cosas que nos complican el día a día.-
(*) Director Posgrado Diplomatura en especialización en derecho informático UNPSJB.-
- Director Red Iberoamericana ElDerechoInformatico.com

lunes, abril 16, 2012

A seguro se lo llevaron preso

Reflexiones de Derecho Informático.

Hay dos cuestiones que son la vedette de estos tiempos en materia jurídica y tecnológica. Tarde o temprano todo pasa por uno de estos dos ítems y cuando no sucede es para asombrarse. Me refiero a la información (léase datos personales o sensibles) y la seguridad de la información e informática que no son lo mismo.

La semana pasada hablé sobre la información personal y no tanto, y el uso que le damos a ella en el marco de nuestras libertades. Hoy quisiera apoyarme un poco más en el tema de la Seguridad informática que no debe confundirse con la seguridad de la información.

La seguridad Informática es la protección de información para prevenir, detectar, y responder a ataques de ese tipo. Uno tiene la sensación que hoy día nuestra vida, ya sea trámites o actividades sociales, tiene su base o relación en las computadoras e Internet. Ha pensado alguna vez sobre ¿cuánto de su vida diaria ronda en torno a las computadoras? ¿cuánta información personal almacena en su computadora en algún otro sistema tipo cloud computing o la nube como le dicen cuando se almacena algo en internet?

Si se ha preguntado cuánta información personal y no tanta guarda en su computadora necesariamente debe preguntarse cuáles son los riesgos que corre con esto. La respuesta es relativamente sencilla: la respuesta es que hay muchos riesgos, algunos más relevantes que otros. Están los virus que pueden borrar todo su disco rígido o los archivos en él contenidos alterándolos, puede ocurrir que alguien use su computadora para atacar otras computadoras o que alguien simplemente le robe la información de su tarjeta de crédito y comprar a su cuenta y nombre. Por desgracia no existe una garantía, de que estas cosas no le van a pasar, pero hay pequeñas cosas que puede hacer para reducir al mínimo las posibilidades.

¿Ya los preocupé lo suficiente no? Para que no se pongan paranoicos les voy a indicar qué pueden hacer para protegerse un poco. Y cómo en todo, lo primero que hay que hacer es reconocer que hay un problema y por sobre todo que hay riesgos y que deben familiarizarse con algunas de las cuestiones ligadas a ellos.

Está el hacker, que no necesariamente es un atacante o intruso. Hacker se le dice a aquellos que ingresan en sistemas ajenos buscando vulnerabilidades, se diferencian de los crackers o intrusos o atacantes porque no buscan explotar las debilidades en los sistemas de software y equipo para su propio beneficio. Aunque sus intenciones son a veces bastante benignas y motivadas únicamente por la curiosidad, sus acciones son en violación de los fines para los que fueron previstos los sistemas de seguridad que están intrusando. El peligro pasa en su accionar al igual que en todas las situaciones similares, alguien que viola la ley para hacer algo bueno, debe recordar que está violando la ley, que Robin Hood está sólo en el cuento.

Por algunos lados van a leer que hay algo llamado código malicioso, a veces llamado malware, es un término que hace referencia a “cualquier conjunto de códigos, especialmente sentencias de programación, que tiene un fin malicioso. Esta definición incluye tanto programas malignos compilados, como macros y códigos que se ejecutan directamente, como los que suelen emplearse en las páginas web (scripts). (fuente: http://www.alegsa.com.ar) En alguna oportunidad es probable que la activación de estos códigos maliciosos requieran que tenga que hacer algo antes de que se infecte su computadora, estas acciones pueden ser abrir un archivo adjunto de correo electrónico o ir a una página web en particular o hacer click en un archivo que le envíen por su mensajero preferido (MSN gtalk, YAHOOmsn).

Existen algunos virus que se propagan sin que nadie haga nada y por lo general todo empieza porque el código detecta una falla en algún software que ya tiene instalado, normalmente ese software o programa es pirata o “trucho”. Una vez que la computadora ha sido infectada, podría decirse que el daño ya está hecho, lo más probable es que intente encontrar e infectar otras computadoras.

En estas cuestiones también tiene mucha relevancia la atención o credulidad que se tiene con lo que encontramos en internet, a veces el virus dice ser una cosa cuando en realidad es otra. Por ejemplo, un programa que asegura que ayuda a mejorar la velocidad de su computadora, Ud. hace click y en realidad lo que está haciendo es remitir de información confidencial a una computadora remota para ver qué puede hacer con ella.

En este punto el término Vulnerabilidad es importante tenerlo presente. Las vulnerabilidades son provocadas por errores de creación en el software. Lo que hace el atacante es tomar ventaja de estos errores para infectar su computadora, la forma de bloquear este accionar es aplicar las actualizaciones o parches que ponen a disposición las empresas de software en sus programas.

Se que no soy original en el tema, pero creo que bien vale reiterar estos conceptos, no está demás repetirlos y que a costa de estas palabras tengan presente sus acciones en internet, si creen que exagero, les pregunto, acaso Uds. cuando compran un auto, ¿no tienen cuidado? ¿No revisan toda su mecánica? Cuando se sienten amenazados en la seguridad de su casa, ¿no contratan una alarma o un seguro que responda por los daños que puedan sufrir? Cuando van por la vida, acaso le cuentan su vida, sus datos, prueban la comida que le da un extraño? O más sencillo ¿fuman cualquier cosa que les convidan?

Se que son muchas preguntas pero sigo sin entender por qué estos mismos recaudos que toman en su vida real no los toman en la virtual. Pregunto, ¿a seguro no se lo llevaron preso?

martes, abril 10, 2012

La libertad no es libre, apenas nos libera

La libertad no es libre, es un cúmulo de responsabilidades que interactúan entre si, la envuelven y la cuidan.

La Libertad nos es libre, nos hace libres, las libertades así sueltas, dejadas en nuestras manos sin un marco adecuado de contención son como dejar en manos de un chico de 3 años un ramillete de bisturís, y digo esto no porque pretenda coartar libertad alguna, sino porque simplemente el uso sin el marco mencionado convierte la misma en libertinaje y ahí es donde pierde la libertad y el libertario.

La privacidad, una de esas libertades que gozamos, es aquel ámbito donde nadie más que uno y su familia conviven o acceden, es nuestra imagen y nuestra voz, nuestra elección de vida familiar, romántica y conyugal.

La Constitución Argentina dice en su Artículo 19: “Las acciones privadas de los hombres que de ningún modo ofendan al orden y a la moral pública, ni perjudiquen a un tercero, están sólo reservadas a Dios, y exentas de la autoridad de los magistrados. Ningún habitante de la Nación será obligado a hacer lo que no manda la ley, ni privado de lo que ella no prohíbe”. Con esta maravillosa definición ha convertido esta libertad del fuero interno en un derecho centrándose en dos aspectos:

- Toda persona tiene derecho a vivir la vida como mejor le parezca,

- Preservando su vida privada, es decir, su secreto: eso significa que tengo el derecho de oponerme a una revelación acerca de mi fuero íntimo.

En nuestro país aún cuesta reconocer el peligro que la tecnología puede representar en los derechos y las libertades de los ciudadanos dentro de un marco de respeto a su intimidad, y si bien se han adoptado leyes al respecto, falta la puntada final que permita la aplicación de tal normativa. Tenemos una mal llamada ley de Delitos Informáticos 26.388 que no hace más que establecer tenuemente parámetros básicos de esto, lo digo porque se sigue culpando al sometido, se le hace responsable por haber usado un medio tecnológico para almacenar su intimidad como si ello fuera una suerte de causal de propia estupidez, nuevamente culpamos al mensajero y no nos concentramos en descubrir al responsable.

Proporcionamos información acerca de nuestra privacidad pudiendo caer en las manos equivocadas o incluso volverse contra nosotros. En una democracia, es claro que el Estado puede intervenir de manera legítima en la vida privada siempre y cuando sea prescrito por la ley; cuando se trata de una medida que, en una sociedad democrática, sea necesaria para la seguridad nacional, seguridad pública, el bienestar del país, la defensa del orden y la prevención del delito, protección de la salud o la moral públicas o la protección de los derechos y libertades de los demás.

Vivimos en una sociedad conectada a Internet y es en ella que la gente empuja los límites de su intimidad revelando información sobre su actos en la web haciendo de éstos algo difusos. Brindamos información de forma voluntaria en Internet de dos maneras, una, registrándonos en un sitio web, pero también al navegar un sitio donde nos instalan cookies (pequeños archivos que remiten información de la computadora analizando nuestro comportamiento en un sitio).

No es una locura creer que la información puede ser usada en contra nuestra, es probable que mi/su futuro empleador decida si lo contrata o no con ver mi/su perfil en las redes sociales.

Consejos para protegernos:

Leer los requisitos para la protección de la privacidad antes de registrarnos o navegar por un sitio o comprar en línea. Compruebe si el sitio ofrece una “política de privacidad” o una “política de protección de la privacidad”. Están a menudo en la parte inferior de la página principal del sitio. Es complicado, a veces están escritas en Inglés, estos documentos son importantes porque permiten a los sitios que se le releve de responsabilidad, recuerden que tienen derecho a tener en claro el uso que harán de sus datos, debe decir el sitio si tienen intención de vender o alquilar su información a terceros.

Cuando se registre en una red social, tómese el tiempo y configure la confidencialidad de sus datos, sepa quién tiene acceso a su información. Tómese el tiempo de leerlos, hable con sus amigos para saber que hicieron en su propio perfil.

¿Más consejos? no comparta su contraseña con sus amigos, no revele demasiada información personal a través de Internet: ninguna ley castiga el acto de revelar su propia intimidad, sólo la estupidez nos castiga por nuestros actos desafortunados

A veces me preguntan en mi labor profesional privada: ¿Y si yo soy una víctima que hago? La respuesta es simple: actúe, reclame, accione, ¿si lo chocan que hace? ¿Si le rompen una pierna que hace?, en cuestiones donde la tecnología interviene, no es distinto, lo que se repara es el daño, es la libertad interna violentada.

Defendamos nuestras libertades, entendamos que la libertad no es libre, nos libera, la libertad no es una sino varias, no es sólo cuestión de salir a la calle a romper municipalidades o sentarnos frente a una PC y hacer lo que se nos de la gana. Cuando una libertad es mal usada, no la perdemos ella nos pierde a nosotros y comienza una reacción en cadena difícil de parar, cedemos nuestros derechos, entregamos una parte de nosotros y quizás alguna sea de las que más nos importa.#

- Director de la Red Iberoamericana ElDerechoInformatico.com

- Director del Posgrado en Especialización en derecho informático de la UNPSJB.-

miércoles, abril 04, 2012

¿Del hecho a la brecha hay mucho trecho? La brecha tecnológica

Qué curioso es todo. Para ser sincero, debo reconocer que no creo en las casualidades.

El jueves, cuando me disponía a pensar sobre qué iba a escribir en el día de hoy, y sin una sola idea que se me cayera de la cabeza, me puse a revisar algunos artículos míos un tanto viejitos. En eso estaba cuando vi uno que data del año 2009… sí 2009 y jamás en mi vida pensé que podría escribir algo que dos años más tarde tuviera tan desgraciada vigencia.

Son de público conocimiento los terribles hechos que ocurrieron en la Ciudad de Buenos Aires en el barrio de Once donde un tren chocó contra la estación dejando muertos y heridos en gran cantidad.

El artículo trataba sobre la puesta en marcha de un tren bala en China que iba a tener Wi Fi… deben recordar que esto me causó asombro y admiración por ser el año 2009 cuando el Wi Fi todavía no era masivo como quizás ahora (aún cuando no lo es como debería).

A esta altura, no sé si enojarme, reír o llorar. En Argentina todavía estamos intentando: 1º) tener trenes, 2º) que no sean humo (o sea para ocultar otras cosas), 3º) que anden, 4º) que en los que hay (en Buenos Aires..., por estos pagos ni en fotos los vemos) se pueda uno subir aunque sea... ¿Será por algo de esto que algunos hablan de que se está incentivando la denominada brecha digital? ¿Será por esto que los que más posibilidades tienen más posibilidades van a tener? Lo muy loco es que todavía discutimos los beneficios de la tecnología, todavía algunos dicen que es un gasto y no una inversión, se sigue sin regular (porque esto también conlleva riesgos y consecuencias jurídicas) no se preveen planes o proyecciones. No se entiende a la tecnología como política de Estado, ni para la inversión ni para el soporte a empresas.

No voy a meterme en cuestiones políticas porque no es de mi interés hacerlo ni la finalidad de estas líneas. Sucede que cuando se habla de gobierno digital -es decir la implementación de herramientas que permitan al ciudadano bajar costos administrativos o simplificar gestiones burocráticas- es muy difícil no caer en peligrosas comparaciones y analogías con la realidad.

El tema de hoy es la brecha digital, y algo ya les adelanté como para que tengan un ejemplo de qué se trata. Les dejo un concepto,l es: "…Un fenómeno que se da en la separación que existe entre las personas (comunidades, estados, países) que utilizan las Tecnologías de Información y Comunicación (TIC) como una parte rutinaria de su vida diaria y aquellas que no tienen acceso a las mismas y que aunque las tengan no saben cómo utilizarlas" (fuente: http://www.labrechadigital.org).

En otras palabras es lo siguiente: aquellos que tienen acceso a determinas o todas las tecnologías, por lo menos las más modernas, van a poder acceder o poseer una educación superior y crecer culturalmente mucho más que aquellos que no lo tienen. Por si todavía no queda claro, un chiquito que vive en una villa y que a los 10 años está juntando cartón en lugar de aprender a usar Internet va a tener un millón (perdonen si me quedo corto) de menos posibilidades en la vida que uno que a los 6 se sienta en la computadora y ya sabe cómo prenderla, cómo conectarse y usar sus juegos favoritos.

En nuestro país se están llevando a cabo algunos planes y medidas al respecto. Algunas son cuestionables pero otras son muy válidas. El plan de una computadora para cada chico es muy útil, creo que permite el contacto de cada chico con una herramienta vital en el crecimiento y educación de un chico. Como siempre, estamos en la Argentina y parece que culturalmente debemos ser así, luego el uso que le da cada uno ya es otra cosa, pero el concepto de la idea es excelente.

Es de remarcar que a Internet no se la tiene que relacionar con la tecnología en estos aspectos. Básicamente su relación es con una distribución más equitativa y equilibrada con la información y con un acceso al conocimiento.

La brecha digital, lo único que hace es provocar un elitismo de la información. Es un ataque a los derechos más elementales de la persona en materia educativa.

La Declaración Universal de los Derechos Humanos establece que "toda persona tiene derecho a tomar parte libremente de la vida cultural de la comunidad, a gozar de las artes y a participar en el progreso científico y en los beneficios que de él resultan". También sostiene: "Toda persona [...] tiene derecho a [...] obtener [...] la satisfacción de los derechos económicos, sociales y culturales, indispensables a su dignidad y al libre desarrollo de su personalidad". (Artículos 27 y 22, respectivamente).

Por otro lado la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre, en lo que respecta a la brecha digital dice: "Toda persona tiene derecho a la educación [...] Asimismo tiene el derecho de que, mediante esta educación, se le capacite para lograr una digna subsistencia, en mejoramiento del nivel de vida y para ser útil a la sociedad".

Cuando se llega al punto de creer que estamos huérfanos de esto, basta remitirnos a nuestra Constitución Nacional y mirar su artículo 75, inciso 19 que establece: "Proveer lo conducente al desarrollo humano, al progreso económico con justicia social...". La justicia social, el desarrollo humano y el progreso económico sólo se dan en el marco de un adecuado acceso a la educación y las posibilidades que ella nos otorga.

Debo reconocer que no creo en las casualidades. Si alguien me hubiera dicho que al comienzo de estas palabras un tren chino con Wi Fi me iba a disparar tantas ideas, no le hubiera creído. Qué se yo, a veces pienso que estamos tan lejos... y no me refiero a kilómetros... ¿entienden, no?#

(*) Especialista en Aspectos Regulatorios del Gobierno Electrónico; Especialista en "Implementación de Estrategias de Gobierno Electrónico", EducOAS, Escuela de Capacitación de la Organización de Estados Americanos (OEA).

lunes, marzo 26, 2012

Reflexiones de derecho informático - ¿Usás home banking?… ¡Interesante!

Reflexiones de derecho informático.

Por Guillermo Zamora* -

El Home banking o utilizar los servicios de su banco por internet, ya sea para pagar una cuenta, hacer una transferencia o simplemente consultar su saldo es una útil prestación que nos permite a los usuarios -y entidades bancarias- poner a disposición servicios que antes sólo podían brindar de 7 a 13 hs (o 15 hs en otros puntos del país) pero sin lugar a dudas también como si fuera un yin y yan bancario, conlleva un problema de seguridad para las instituciones financieras y los consumidores.

Algunas entidades responsables de la seguridad de la Información han elevado informes donde se pone de relieve la vulnerabilidad de entidades y de los conocimientos de los usuarios atribuyendo el 80 por ciento de las intrusiones informáticas en entidades bancarias a “accesos no autorizados vía internet”.

En general, la pérdida económica por intrusión informática, ya sea que provenga del home banking u otras fuentes, tales como el robo de identidad, ha sido casi de U$S 30.000 promedio en el último tramo del año 2011.

¿Es para asustarse este número? Diría que si…, pero lo que más debería asustarnos es la falta de información, de la buena digo, se está dando herramientas tecnológicas de gran importancia, pero no se explica de manera periódica a los usuarios como usarlas de manera correcta, nos piden que cambiemos contraseñas y en lugar de explicarnos el por qué y las consecuencias, nos dejan con nuestra creatividad a cuestas procurando encontrar algo que satisfaga al cajero y rumiando algún que otro insulto por la “perdida de tiempo” (supuesta).

No todo es responsabilidad de las entidades. Nosotros, como consumidores, somos los que contribuimos mayormente a estas brechas de seguridad bancarias on line. Cualquiera puede, sin saberlo, descargar un virus en su pc que remita información de la cuenta de banco a un atacante o delincuente como prefieran llamarlo.

La cadena más fuerte se corta por el eslabón más débil, es viejo el dicho pero aplicable, la falta de conocimientos del usuario medio, la falta de información clara y periódica hacen que un simple descuido, un exceso de confianza, nos provoquen el peor dolor de cabeza de nuestra vida (o de la semana por lo menos), no hace falta el empleo de sofisticados mecanismos informáticos, basta algo de ingeniería social, (es decir lo que aquí conocíamos como venta de buzón), para saber nuestros datos.

Los expertos en materia de seguridad informática sostienen que el problema más común que ven en lo que respecta al acceso externo, es que los encargados de custodiar los datos no tienen el tiempo y el recurso humano como para estar monitoreando constantemente el estado de sus tecnologías de acceso y un seguimiento de los fallos en el cumplimiento de sus propias políticas de seguridad y acceso… pregunto: si ellos no tienen el tiempo o recurso humano ¿estarán esperando que lo tengamos nosotros?

Quiero ser claro, no digo que toooodos los bancos estén en falta, sólo que, estén en falta o no, tooodos deberían llevar a cabo programas de educación para que los clientes sean más consientes de las amenazas del entorno.

Sugerencias a los bancos: podrían ayudar a proteger a los clientes poniendo a su disposición un software anti-virus que bloquee las aplicaciones desconocidas. Quizás con esto brindaría un valor agregado al cliente y tendría un principio de solución al problema de intrusión y otros tipos de software malicioso.

Sugerencias para los usuarios: buscar cambios en la rutina diaria, prestar atención a lo que se está haciendo, tener un buen antivirus, usar los teclados virtuales que se ofrecen, no dejar a la vista contraseñas, no dar información a cualquiera… Si todos los hacen no digan yo no lo hago, sino pregúntenle a Facebook.

No es mi intención asustar a nadie, pero ¿cuantos de Uds. tiene como contraseña una fecha de cumpleaños, 123456 o el nombre de su hijo, hermano/a esposa/o etc?... ¿Unos cuantos? ¿Usan home banking?… ¡Interesante! #

*Director de la Red Iberoamericana ElDerechoInformatico.com

Director de la Diplomatura en especialización en derecho informático de la Universidad Nacional de la Patagonia San Juan Bosco.

martes, marzo 20, 2012

ICANN 43 San José, Costa Rica: debatiendo y aprendiendo sobre el gobierno de Internet Por

Director Red Iberoamericana ElDerechoInformatico.com

San José de Costa Rica, esta siendo sede de uno de los eventos más importantes en materia de Internet y la gobernanza del mismo, fíjense si lo será que hasta la Presidente de la Nación dio el discurso de apertura, y por cierto… que discurso! Fue claro, sencillo, sentando posturas y dejando ver claramente la política ha seguir respecto a temas tan sensibles como trascendentes como las Leyes de propiedad intelectual como SOPA o PIPA.-

El tema de relevancia es, por lo que he podido conversar con muchos usuarios de Internet es: ¿que es ICANN y LACRALO? ¿Que es gobernanza o gobierno de Internet? ¿como esta formado? ¿Qué hago o hacemos? ¿que se discute? ¿fuimos a la playa….? Etc etc.-

Debo reconocer que en más de una oportunidad estas preguntas me han hecho muchísimo ruido en mi cabeza, por lo que voy a procurar ver si alguno de los mismos puedo responderlos.-

Algunos de estos interrogantes, creo, son más sencillo de responder que otros, ¿que hago o hacemos todos los representantes que estamos aquí? Estoy/mos en una reunión de LACRALO, que es un organismo regional de ICANN que sería en palabras sencillas el gobierno de Internet.-

LACRALO, es el organismo que representa de cierta manera a los usuarios finales de Latinoamérica y Caribe, también existen las AFRALO (de África) | APRALO (Asia) | EURALO (Europa) | NARALO (Norteamérica), esta representación a la que hago referencia es por intermedio de entidades denominadas ALS que sería “at large structure”, o en castellano algo así como entidades que forman parte de la gran estructura que sería ICANN que a su vez es una organización que opera a nivel internacional y es la responsable de asignar las direcciones del protocolo IP, de los identificadores de protocolo, de las funciones de gestión del sistema de dominio y de la administración del sistema de servidores raíz.

¿Todo muy difícil o casi, no?, lo mismo que entienden Uds. es lo que en principio entendía yo, pero estas largas jornadas de trabajo me han permitido analizar cosas o formas de ver estas cuestiones, las cuales nunca hubiera podido de otra manera, puedo decirles sin exagerar ni un poco, que uno no se imagina nunca las cosas que se deciden y la relevancia de las mismas hasta que las mira en primera persona, todo esto hablando siempre de Internet y las cuestiones que lo rodean.-

¿Saben que podrían formar parte de todo esto? Si, acercándose a entidades que ya se encuentren integrando este organismo como Internauta, la Asociación de Derecho Informático de Chile o la de Argentina o Ecuador o los diferentes capítulos de Ageia Densi en los países que esté, o bien, si no se sienten representados por ninguno de los existentes, pueden formar una Asociación o Sociedad nueva donde se sientan representados como internautas y con ellos en definitiva ir formando lo que les decía de la Gobernanza que es “el conjunto de procesos, costumbres, políticas, leyes e instituciones que afectan a cómo se dirige, administra o controla una empresa (corporación). También incluye las relaciones entre los muchos agentes implicados en ellas (desde la propiedad a la dirección, los controladores externos, acreedores, inversores, clientes, suministradores, empleados y el entorno y la sociedad entera)” (fuente Wikipedia).

¿Que se discute aquí? Pues entre otras cuestiones de relevancia el cambio de IPV4 a IPV6 (Internet Protocolo versión 6), que permitirá almacenar mayor cantidad de direcciones ip en Internet, así como la seguridad, o si se aprueba o no alguna extensión de nombre de dominio, por ej. Como fue el caso hace no mucho de tiempo de los dominios .xxx, es decir, los que deciden si las páginas web tienen esa extensión es ICANN a través de los organismos que le explique más arriba.

En fin, no se si he podido aunque sea mínimamente responder las preguntas planteadas al comienzo, solo queda una de ellas por responder y es ¿Fuimos a la playa?, esta si que es complicada, cualquier cosa que diga podría ser usado en contra mio así que prefiero reservarlo y decirles que uds. pueden participar, pueden hacer la diferencia, pueden involucrarse y determinar en ciertos aspectos cual será el futuro del futuro, que es sin dudas INTERNET.

miércoles, marzo 14, 2012

Reflexiones de Derecho Informático - De leyes, de Tecnologías y porque no de algunos Mitos del Cambio

El Dr. Melvin Kranzberg era un profesor de historia de la tecnología en el Instituto de Tecnología de Georgia y fundador y editor de la revista “Tecnología y cultura”. En 1985, pronunció el discurso presidencial en la reunión anual de la Sociedad para la Historia de la Tecnología en la que explicó lo que había llegado a ser conocido como Leyes de Kranzberg - "una serie de lugares comunes", según él mismo, y que si bien no tratan de derecho si mencionan la palabra ley y eso ya es motivo para poner los ojos sobre ellas, porque aparte creo que se aplican con un poco de imaginación a todos nosotros y porque no de algunos mitos que rodean a estas cuestiones.-
Estas 6 leyes dicen (y yo modestamente las interpreto debajo de cada una) así:

1 º - La tecnología es ni buena ni mala, ni es neutral.
El punto es interesante desde el momento en que solemos sentarnos a acordarnos de la madre del creador de la computación, Bill Gates, el carnicero (no tiene nada que ver pero solemos insultarlo) y porque no el gobierno, Kranzberg sostiene que la tecnología no es ni buena ni mala, una verdad de Perogrullo, pero que es bueno tener presente, porque la tecnología es como las pistolas, no son buenas ni malas, sólo responden al uso que se les da, aquí ocurre lo mismo, su uso es relevante en nuestra vida cotidiana, porque aparte de su carácter intrínseco, concluye su regla alegando que no es neutra, porque la neutralidad es un atributo que debe darle un gobierno o la empresa que la utilice, ser neutral significa que no se inclina por un modelo particular de empresa o uso específico, no ser neutral implica el ubicarse en determinados posicionamientos y/o usos por sujetos o gobiernos, no ser neutral implica tomar posición y en algo tan de todos es difícil entender el concepto de es sólo de alguien, el mito aquí se encuentra en que la gente cree, voluntaria o involuntariamente que estas herramientas tienen vida propia que todo depende del malvado e inescrupuloso informático que la haya creado o sea el encargado de implementarla o venderla.-
2 º - La invención es la madre de la necesidad.
Digamos que a los argentinos esto es algo que nos toca de cerca, vivimos en la necesidad, vivimos en la incertidumbre de que va a pasar mañana, y quizás por ello sea lo de nuestra “picardía criolla” (en otros países es ser simplemente un chanta) eso de estar pensando constante como sobrevivir…, no se me ocurre algo tan típico nuestro de creernos centro de todo que lo único que me pregunto es si lo habrá dicho por nosotros… (o quizás el mito sea este de creernos todo lo que leemos o estar pendiente de lo que deberíamos ser antes de lo que somos)
3 - Tecnología viene en paquetes, grandes y pequeños.
La tecnología no es ni grande ni pequeña, es sólo tecnología, las manzanas pueden ser más grandes o más chicas… pero en definitiva no son ni más ni menos que una manzana, y todo depende de quien la cultive para que sea lo que es, todo depende siempre en su ultima ratio de quienes somos y como la usamos ya sea para lo bueno o malo.-
4 - Aunque la tecnología puede ser un elemento primordial en muchos temas de interés público, los factores no técnicos tienen prioridad en las decisiones de política tecnológica.
Bueno, esto lo padecemos a diario… podemos tener el mejor software, la mejor plataforma de educación a distancia o de gobierno electrónico pero, si no tenemos un político que considere que debe dársele prioridad por razón alguna a esa tecnología, quedará vagando en el cajón del funcionario de turno esperando la orden de que es políticamente correcto desempolvar el proyecto y demostrar que es se un hombre/mujer 2.0, no entender esto es creer que las tecnologías no pueden aplicarse si no hay dinero, o si no esta la tecnología, la misma se crea, la misma se produce, sólo hace falta que el encargado de firmar agarre la birome el resto es el mito mismo.-
5 º - Toda la historia es relevante, pero la historia de la tecnología es la más relevante.
Esta es la única regla con la que no puedo estar de acuerdo (por cierto no creo que Kranzberg se preocupe mucho), es razonable desde el punto de vista de un informático, pero si yo le dijera a mi madre (bibliotecaria e historiadora aficionada – y yo futuro asesinado luego de mencionarla en estos párrafos) que la más importante de las historias es la de la tecnología creo que le puede dar un infarto, ella es una apasionada de la historia chubutense, ¿se podrán imaginar la conexión no?
No podemos negar su importancia, pero de ahí a decir que es la más importante… que se yo no creo, sería crear un mito al que me resisto aún siendo un fanático de las nuevas tecnologías.-
6 º - La tecnología es una actividad muy humana - y por lo tanto es la historia de la tecnología.
Kranzberg explicaba esto de la siguiente manera: "Detrás de cada máquina, veo una cara, de hecho, muchas caras: el ingeniero, el trabajador, el empresario o empresaria, y, a veces, el general y almirante. Además, la función de la tecnología es su uso por los seres humanos-y en ocasiones, por desgracia, su abuso y mal uso." Creo que no se puede dejar de coincidir con la apreciación, así dicho tampoco podemos soslayar que toda actividad es esencialmente humana, porque para que cada hecho se produce es en virtud de algún accionar humano previo…, salvo claro que creamos en extraterrestres o fantasmas, ¿pero esa es una ironía innecesaria no?
Como verán leyes hay de todos tipos y tecnología de la quieran, Pero lo importante es tener presente que no podemos atarnos a mitos, que no hay que dar las cosas por sentado, que debemos ver más allá del árbol que tapa el bosque que éste es más frondoso y más abarcativo que una red social, un correo electrónico que no mandamos… o una vida que no vivimos.-

martes, marzo 06, 2012

LLAME YA! ES GRATIS!! (solo cuesta una pequeña porción de tu vida) - Reflexiones sobre Derecho Informático

Les dejo mi columna del diario Jornada de todas las semanas.-

En esta oportunidad, hago un somero análisis sobre el desarrollo de las aplicaciones de los smartphones y su Regulación y contralor (o no)en la República Argentina, comento muy brevemente un proyecto de ley que esta impulsando la casa blanca en Estados Unidos, donde se fijan pautas que deben seguir los desarrolladores a la hora de crear una aplicación.-

Saludos cordiales

Reflexiones sobre derecho informático

LLAME YA! ES GRATIS!! (solo cuesta una pequeña porción de tu vida)

Por Guillermo M. Zamora - Abogado


¡¿Que lindo es tener un celular vieron!? Y es más lindo si el celular que tenemos es uno de los llamados smartphones o teléfonos inteligentes, ¿saben porque son considerados teléfonos inteligentes?, por las aplicaciones que permiten descargar que nos “solucionan” nuestra “complicada” vida moderna, tienen la inteligencia que aparentemente carecemos.-

Las aplicaciones de los celulares son programas que pueden ser un GPS que nos guia para llegar a un determinado destino, una radio, un software para revisar nuestro correo cada tres frenéticos minutos, como si nos fuera el mayor negocio de nuestra vida en ello, en fin, estas aplicaciones nos permiten tener una computadora al alcance de la mano (literalmente lo digo).-

¿Que bueno no? Díganme si no los convencí a comprarse uno…, claro no es gratis, no me refiero a su costo de marcado, el precio que se paga es mínimo, algo insustancial para nosotros, algo que no nos damos ni siquiera cuenta, nuestra privacidad, nuestra vida en otras y grandilocuentes palabras. Si tenemos un GPS en el celular no sólo nosotros vamos a saber adonde vamos sino que también lo van a saber nuestra proveedora de línea, el que hizo la aplicación y el que compre esos datos las empresas pueden saber en base a eso, adonde vamos nuestros recorridos, gustos, ideas, tendencias etc, y eso no es oro en polvo como se dice comúnmente, es plata en bits, que no es lo mismo pero se le parece de una manera espeluznante.-

Teniendo en consideración la información sensible en materia de datos que muchos de nosotros almacenamos en nuestros teléfonos, hay que entender que los riesgos son mayores y que los fabricantes, operadores, desarrolladores de aplicaciones y redes móviles de publicidad deben respetar nuestra privacidad como usuarios debemos hacerles sentir que la opinión pública es básica y fundamental para su crecimiento y nuestra intimidad.-

Bueno, no todo es terrible, sólo quise asustarlos un poco, existen normas que cuidan nuestro derecho a la intimidad, La Con­sti­tu­ción Nacional Argentina, lo pro­tege en los artícu­los 18 y 19, 43 apartado ter­cero, y en trata­dos con jer­ar­quía con­sti­tu­cional, con­tem­pla­dos en el artículo 75 inciso 22, amén de la ley de Pro­tec­ción de datos per­son­ales 25.326 y la 24240 de Defensa al Consumidor.-

Estados Unidos que puede no ser santo de nuestra devoción pero hay que reconocerle que en lo que hacen a los derechos de los ciudadanos se lo toman bien en serio, por ello han publicado una guía de buenas prácticas como proyecto de ley de los derechos de privacidad de los usuarios de redes sociales, donde se establece una serie de aspectos que las empresas desarrolladoras de teléfonos móviles y aplicaciones debe tener en cuenta para respetar al usuario privacidad.

Estamos en Argentina y las cosas no son importantes hasta que no les pasan a un famoso, o no son necesarias hasta que sale en algún reality pero sería bueno, algo de previsión que le dicen, y los responsables de esto son nuestros legisladores pero antes que ellos la responsabilidad es nuestra, como consumidores debemos dejar de sentarnos en el sillón diciendo ¡que bárbaro las cosas que pasan! y reclamar por lo que es correcto, que nos protejan, y si no saben de que les hablamos que estudien o se preparen o simplemente pregunten.-

El Proyecto norteamericano sostiene:

“El control individual: Los usuarios tienen derecho a ejercer el control sobre lo que las aplicaciones hacen con nuestros datos personales, saber que información recogen y cómo lo utilizan. Los desarrolladores deben tratar de capacitar a los usuarios, incluso cuando no esté, ni técnica ni legalmente exigibles”

Si bien esto lo encontramos en muchas de las cosas que hacemos aceptar aceptar aceptar cuando queremos instalar algo, los textos son largos, complicados y a veces mal traducidos, la ley de defensa al consumidor de Argentina contempla estos aspectos así que no estaría mal que alguna entidad de contralor ponga el ojo sobre estos puntos y actúe en consecuencia.-

“Recolección de datos: Además de las prácticas recomendadas de manera estándar para los proveedores de servicios, los desarrolladores de aplicaciones tienen que ser especialmente cuidadoso con la información de la nuestra agenda de direcciones y colecciones de fotos ya han sido objeto de grandes historias de privacidad, otros usuarios entienden que hay zonas especialmente sensibles que incluyen los datos de ubicación y el contenido y metadatos de las llamadas telefónicas y mensajes de texto”.

Básicamente indican que aquellos encargados de realizar estas maravillosas aplicaciones deben ser cuidadosos con los datos de nuestra libreta de direcciones y especialmente nosotros deberíamos saber que hacen cuando recopilan información de las llamadas que hacemos y los mensajes de texto que enviamos.-

“Transparencia: Los usuarios necesitan saber a que datos se está accediendo, por cuánto tiempo los datos se mantienen, y con quien será compartida. Los usuarios deben poder acceder a políticas de privacidad y seguridad claras y sencillas, tanto antes como después de la instalación. La transparencia es particularmente crítica en los casos en que el usuario no interactúan directamente con la aplicación.-“

Algo tan básico como saber que hace nuestro celular cuando no lo usamos nosotros, es decir quien lo usa y que información toma y que podemos hacer para que no lo haga más.-

“El respeto por el contexto: Las aplicaciones que recopilan datos sólo deben utilizar o compartir los datos de una manera lógica teniendo en cuenta el contexto en el que se proporcionó la información. Si los datos de contacto se reúne para "encontrar amigos", por ejemplo, no debe ser divulgada a terceros. Cuando el desarrollador quiere hacer un uso secundario de esos datos, debe obtener un permiso expreso del usuario.”

“Seguridad: Los desarrolladores son responsables de la seguridad de los datos personales que se recogen y almacenan. Esto significa, por ejemplo, que los mismos deben ser encriptados siempre que sea posible, procurando que los datos que se desplazan entre un teléfono y un servidor siempre debe ser codificado en la etapa de transporte.”

Elemental, este proyecto hace referencia a una etapa que normalmente no es tenida en cuenta la del traslado de los datos desde el celular hasta el servidor donde es almacenado, porque es en ese traslado que puede ser interceptado por sujetos no deseados.-

Por último “Rendición de cuentas: En última instancia, todos los actores de la industria móvil son responsables por el comportamiento del hardware y software que crea e implementa. Los usuarios tienen derecho a exigir una rendición de cuentas de parte de ellos.”

¡¿Que lindo es tener un celular vieron!?... Tan lindo como cuidarnos y que nos cuiden, como hacer que nuestra vida sea más fácil y también más segura y privada.-



(*) Director del Posgrado Diplomatura especialización en Derecho Informático UNPSJB.-

Director Red Iberoamericana ElDerechoInformatico.com

miércoles, septiembre 09, 2009

IX CONGRESO ANDINO DE DERECHO INFORMATICO

Info sobre un congreso d renombre en todo el continente.-
mientras les cuento que en brevisimo estaremos con hppt://www.elderecohinformatico.com, una versión remozada de la red http://derechoinformatico.ning.com

IX CONGRESO ANDINO DE DERECHO INFORMATICO

La Agencia para el Desarrollo de la Sociedad de la Información en Bolivia - ADSIB, la Comunidad Alfa-Redi y la Universidad Católica Boliviana invitan a todos aquellos profesionales, investigadores, estudiantes, docentes y público en general que estén interesados en el Derecho y TICs al IX CONGRESO ANDINO DE DERECHO INFORMÁTICO que se realizará del 9 al 11 de septiembre del presente año en los auditorios de la Universidad Católica Boliviana ubicada en la ciudad de La Paz - Bolivia, los ejes temáticos propuestos para este año son los siguientes:

1. - Gobernanza de Internet
2. - Protección de Datos Personales
3. - Redes Sociales
4. - Web 2.0 y sus aspectos jurídicos
5. - Delitos informáticos.

Las personas que estén interesadas en realizar una presentación sobre alguno de los ejes temáticos en el IX CONGRESO ANDINO DE DERECHO INFORMATICO, deberán enviar sus ponencias hasta el 24 de agosto a las siguientes direcciones de correo electrónico: rsaucedo@adsib.gob.bo y/o kneyra@alfa-redi.org aclarando en el asunto en qué Eje Temático le gustaría que se incluya.

Las ponencias deberán presentarse en un archivo Word o equivalente (open office, etc.) de no más de 5 planas, a espacio y medio espacio, con letra Arial a 12 puntos, hoja tamaño carta o A4. Es recomendable incluir referencias bibliográficas al final del documento siguiendo normas de estilo de citación, y si se considera adecuado, gráficas o documentales en cualquier parte del mismo. Cada ponencia deberá incluir los datos del autor (nombre/s y apellido, ciudad/país, área disciplinar en la que se desempeña o filiación institucional si la tuviere y dirección de correo electrónico), resumen y palabras claves.

Con la finalidad de fomentar el Derecho Informático y/o Derecho de Nuevas Tecnologías en Bolivia entre profesionales, investigadores, estudiantes y docentes se ha visto por conveniente que el ingreso al IX CONGRESO ANDINO DE DERECHO INFORMATICO sea de forma gratuita.
Una vez que se tenga la Programa final del presente Congreso será publicada en el presente sitio Web.
más info en: http://www.ixcongresoandino.bo/

viernes, agosto 21, 2009

II ENCUENTRO DE ABOGADOS DE DERECHO INFORMÁTICO

Que puedo decirles sino que fue un éxito rotundo!!!
18 colegas y amigos debatiendo, comiendo y pasándola bárbaro.-
Fotos y otros comentarios entre ellos las concluisiones emitidas por el Dr. Horacio Fernandez Delpech, en http://derechoinformatico.ning.com - proximamente será www.elderechoinformatico.com
saludos

jueves, julio 02, 2009

II ENCUENTRO DE ABOGADOS DE DERECHO INFORMÁTICO


Para inscribirse lo pueden hacer en:
http://eventioz.com/events/ii-encuentro-de-abogados-de-derecho-informtico

o en su defecto, ingresar a la red social de El DERECHO INFORMÁTICO en http://derechoinformatico.ning.com y anotarse allí en la sección de eventos.-

Con el éxito del I Encuentro, donde surge la Asociación de Derecho informático de Argentina, nos ponemos en campaña para el II Encuentro, esperando poder cubrir las expectativas.-
los datos del encuentro son:
Lugar: Trelew - Chubut
Fecha: 7 y 8 de Agosto de 2009.-
Metodología: 2 mesas redondas de mate y debate con el siguiente temario:
a - E-mail laboral - alcances de su privacidad.-
b - Comienzo de Concurso para la mejor Ponencia libre
Costo - metodología,
Gratis: Excursiones: Avistaje de Toninas y/o ballenas - Te Galés Museo Paleontológico.- Show de esquila
Todo es absolutamente flexible, así que amantes de lo estructurado y de seguir un plan a rajatabla no es así, es un encuentro donde la idea es hacer amigos, aprender e intercambiar experiencias.-
un programa tentativo es:

1 - Día 7 -
9 hs. discurso de bienvenida, saludos varios, fotos etc.-
9,30 - 1º mesa redonda con exposición puntual de aquellos que quieran arrancar, sino hay nadie que haya preparadao algo, se hace un planteo de la situación puntos en discordia y posiciones a favor o en contra de si el correo laboral puede ser visto por los empleadores o no.-
a los largo de la mesa redonda, lo principal, mate, facturas o biscochitos, los que hayan asistido al primer encuentro saben que si hay algo que le doy importancia es la comida jejejej.-
13 hs. se eligen 2 asistentes para redactar un resumen de lo conversado y se pasa a cuarto intermedio para... comer!

13,30 frugal comida con sanguchitos, empanadas, y esas cosas de copetin que a nadie le gustan.-

16 hs. se da lectura a el resumen elaborado, se discute si queda como esta o se modifica.-

17 a 18 hs. primer excursión puede ser Museo Feruglio o tomar el te en gaiman... osea comida.-

21 hs. Asado

2 - Día 8

8,30 - 9 hs partida a la peninsula, avisteja en el Doradillo de ballenas (si hay), se continua viaje a la estancia, desde las 10 hs. hasta las 15 hs show de esquila, con parates para comer y recorrer el lugar.-
15 hs. comienza en la misma estancia la exposición de las ponencias.-
1º se eligen por sorteo 10 asistentes para actuar como jurados.-
2º - emitidas las ponencias, se vota por separado y en secreto.-
3º - se declara al ganador, los jurados podrán consultar con otros miembros sobre su voto, pero siempre el mismo será secreto y la decisión personal.-
4 - vuelta a Trelew para el cierre y entrega de los diplomas.-
19 hs. chau.-

este programa es para que se den una idea de como va a ser la cosa.-
saludos

Los esperamos

domingo, mayo 03, 2009

y se viene nomás!!!


No es que a este Blog, lo tenga olvidado, la red de derecho informatico Enred-D.I. rn http://derechoinformatico.ning.com me tiene bastante atareado, de todos modos, acá estamos, una interesante noticia que nos afecta a los abogados y que es el futuro acá cerquita nomás, la noticia la leí del Diario Digital de Santa Fe Notife.con
el link directo es

¿ADIÓS AL PAPEL?
Comienzan a tramitar causas en forma digital
En cinco juzgados civiles porteños arrancó un plan piloto para tramitar los expedientes a través de internet. Se ahorra tiempo y dinero. El objetivo es extenderlo a todos los tribunales. Hasta entonces sigue el sistema tradicional.
03-05-2009 | 09:42 hs.
Autor: · Fuente: Crítica

Cuerpos de expedientes forman paredes de papel. Horas en las fotocopiadoras. Largos minutos en la mesa de entrada de los tribunales. Todo eso, de a poco, será parte del pasado. En un mundo manejado por las computadoras, en cinco juzgados del fuero civil de la ciudad de Buenos Aires comenzaron a utilizar expedientes digitales: es el comienzo de un proyecto que se irá multiplicando.

“En forma paralela al expediente papel se desarrolla un expediente digital. Hasta que no se instrumente la firma digital no podemos dejar de lado el soporte papel. Pero cuando este momento llegue no estaremos empezando de cero”, explica la jueza Virgina Simari, coordinadora del plan piloto. La iniciativa apunta a acelerar los juicios y reducir costos mediante la consulta de las causas vía internet.

“Las decisiones de los jueces ya podían consultarse por internet, lo nuevo es que ahora se añade el expediente digital donde estarán las peticiones de las partes, por lo que el expediente completo podrá visualizarse desde cualquier computadora. Estarán casi el 100% de las actuaciones”, explicó Simari.

Desde fines de abril en los juzgados civiles números 1, 55, 62, 75 y 100 se les propone a los letrados adherirse al proyecto. Quienes acepten, deberán especificar una casilla de mail y se le dará la del juzgado. A través de la página web de la Corte Suprema de Justicia, e ingresando con una clave como abogado y después con otra para el expediente, el letrado podrá ver el avance de la causa sin moverse del estudio. Por ahora también deberá hacer su peticiones en papel por mesa de entradas y cumplir con los horarios de tribunales, mientras que puede enviar los mails durante las 24 horas. La participación es voluntaria. “No hay una norma que nos obligue a usarlo”, aclara la magistrada a cargo del Juzgado 75, donde ya hay tres expedientes digitales abiertos. La primera causa elegida fue una por daños y perjuicios.

El beneficio inmediato es para los abogados. El expediente digital no modifica la situación del litigante, pero sí la de los letrados, quienes ya no tendrán que cargar con tanto papel, ni perderán tiempo y dinero en fotocopias. Además, a la hora del alegato, podrá tener todo el expediente en la PC. Las peticiones sólo serán subidas a la web cuando el juez haya decidido sobre la cuestión.

El proyecto fue creado por la Comisión Nacional de Gestión, que encabeza el presidente de la Corte Suprema, Ricardo Lorenzetti. En los cinco juzgados que participan se informatizarán diez expedientes en cada uno. “En seis meses se van a evaluar los resultados, medir y ver que se pueda replicar. Va ayudar mucho a agilizar y a la transparencia. Hay una fuerte apuesta al cambio cultural. Tenemos que trabajar para crear confiabilidad en el sistema”, sostiene Simari. Los empleados judiciales fueron entrenados y todos tienen acceso al expediente digital.

“Con nuestros colegas estamos a disposición de los letrados para explicar los alcances, las ventajas. Para que de verdad valga la pena este proceso hay que minimizar las posibilidades de fracaso”, concluye Simari.

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martes, abril 14, 2009

habrá que remarla más...


Sarkozy, tuvo un duro desplante por parte del Parlamento Francés.-
La lay antipiratería que sostuvo e impulso fue rechazada por cosniderar sus legisladores que violaba la normativa europea del derecho a la intimidad.-
Pueden leer algo más completo y concienzudo acá: Enpositivo.com
la nota completa es esta.-

"Las descargas en P2P seguirán siendo legales en Francia

El Gobierno de Sarkozy presentará de nuevo el proyecto ante el Parlamento francés

Los parlamentarios franceses han rechazado de forma contundente el proyecto de ley que presentó el Gobierno de Sarkozy ante la cámara.

Los votos a mano alzada de la Asamblea nacional, manifiestan un claro desacuerdo con sus compañeros del Senado, ya que el rechazo se traduce en 21 votos contra 15. Es importante destacar que varios parlamentarios del partido de Nicolás Sarkozy se encontraban ausentes en el momento de la votación.
La nueva ley contemplaba la desconexión de la red, después de tres avisos, de usuarios que utilizasen redes P2P como Emule o Ares, para descargar contenidos que vulneren el derecho a la propiedad intelectual.
A pesar de que se preveía que la ley saliese adelante, el extraño resultado causó estupefacción en la cámara baja y los diputados de izquierda, que votaron en contra, se pusieron en pie y comenzaron a aplaudir.
El Gobierno de Sarkozy considera que esta negativa parlamentaria sólo conseguirá retrasar más su puesta en funcionamiento, ya que pretenden llevarla de nuevo a la cámara para una nueva votación en la que, esta vez sí estarían presentes sus diputados y conseguirían aprobarla por mayoría. El Ejecutivo considera que sólo es cuestión de semanas.
La polémica ley pretende erradicar las descargas ilegales y acabar con los piratas informáticos aplicando sanciones, como la desconexión de la Red, que pueden abarcar entre dos meses y un año. También contempla la creación de un organismo específico, Hadopi, que se encargaría de controlar y regular este tipo de descargas.
En caso de que la ley se apruebe en una segunda vuelta, Hadopi enviaría en primer lugar un correo electrónico al infractor como primer aviso; en caso de reincidencia se tramitaría un nuevo correo acompañado de una carta certificada y, si todavía vuelve a suceder una tercera vez, una comisión de tres jueces podría decidir cancelar su conexión a Internet entre 2 y 12 meses.
El proyecto también contempla la creación de un listado de infractores que se han dado de baja por estos motivos, para que no puedan dar de alta de nuevo sus líneas cambiando de operadora.
Los socialistas consideran que la ley vulnera el derecho europeo, por eso cuando el proyecto no salió adelante, los diputados se levantaron y comenzaron a aplaudir. También opinan que, aunque es incuestionable que los derechos de autor se han de proteger, las medidas que contempla el proyecto no ofrecen garantías teniendo en cuenta la nueva cultura que impone Internet.
La propuesta del Gobierno francés está apoyada por numerosos artistas e intérpretes, aunque otros como Catherine Deneuve o Victoria Abril se desmarcan de sus compañeros y opinan que es “demagógica, técnicamente inaplicable, ignorante de los nuevos procesos de descarga y puramente represiva”.
Los artistas que no apoyan el proyecto, han comentado en la publicación “Libération” que “La ley Creación e Internet no se dirige ni al cine en su diversidad ni a los espectadores. Al ser tan sólo un último y vano intento de erradicar la piratería mediante la sanción, sin preocuparse de crear una oferta de descarga legal, accesible y abierta en Internet, no responde a ninguno de los desafíos que plantean hoy las nuevas tecnologías”."

viernes, marzo 20, 2009

No desearas el móvil de tu prójino - Blog Alderecho.com

Este post del Dr. Ricardo Gomez Cabaleiro, no tiene desperdicio.-
Cuenta el letrado en su excelente blog alderecho.com, que le sustrajeron en una cafetería el celular.-
El hecho en la Argentina hubiera terminado con la víctima pagándole un par de tarjetas al delincuente por las dudas, pero él, puso todas sus armas en recuperarlo... y de lagal forma!.-
Acá se están discutiendo muchos de estos temas, sobre la privacidad de las Ip..., interesantísimo.-
acá les paso el primer tramo del post, el resto, que no pueden dejar de leer, con fotos y todo, lo encuentran en el siguiente link:
http://www.alderecho.com/2009/03/no-codiciaras-el-movil-del-projimo/comment-page-2/#comment-871


NO CODICIARÁS EL MÓVIL DEL PRÓJIMO

Las pequeñas injusticias, los ilícitos en los que el esfuerzo requerido para su persecución es mayor que el resarcimiento esperable, generan en cualquier ciudadano una enorme frustración, en la convicción de que, por más evidente que sea la injusticia, resulta imposible combatirla. Es lo que nos pasa si alguien deja que su perro haga sus necesidades en la acera, si un gamberro nos despierta porque le parece muy divertido pasar la calle tocando el claxon o si nos quedamos sin línea de teléfono durante un par de horas. Sabemos que se trata de hechos que provocan un daño y que llevan aparejadas consecuencias civiles o penales, pero raramente se nos pasa por la cabeza llevar a cabo acción alguna al respecto. Esta inactividad nos puede plantear una duda ¿no se puede revocar la injusticia porque nadie actúa al respecto, o nadie actúa al respecto porque no se puede recovar la injusticia? En más de una ocasión, quien escribe estas líneas se había planteado esta pregunta, en forma de “¿…y que pasaría si ahora pusiera todos los medios necesarios para resarcir el pequeño perjuicio? ¿Alcanzaría mi objetivo o antes o después me vería obligado a abandonar? Y como no soy persona que guste de quedarse con la duda, he llevado a cabo un experimento jurídico que hoy tengo el placer de compartir.

PRINCIPIOS DE JULIO DE 2008, POR LA MAÑANA:

Me encuentro tomando un café en un bar de cuyo nombre no quiero acordarme. Llevo conmigo un teléfono-PDA como el de la imagen. Aunque no soy especialmente gadgetófilo, los que me conocen saben de mi devoción por este pequeño ingenio.


EL MISMO DÍA, UN POCO MÁS TARDE:

A los pocos minutos de salir del bar me percato de que no llevo conmigo el teléfono. Regreso raudo y veloz para comprobar si me lo he dejado en la barra, pero está vacía. Pregunto a los camareros y no lo han visto. Sé que al entrar en el local lo tenía conmigo, así que el diagnóstico está claro: alguien me ha robado el móvil.

EL MISMO DÍA, OTRO POCO MÁS TARDE:

Llamo a mi número. Como era de prever, “apagado o fuera de cobertura”.

EL MISMO DÍA, UN PAR DE HORAS MÁS TARDE:

Llevo al bar unos cartelitos que he elaborado y los camareros tienen la amabilidad de situarlos en un lugar bien visible. En ellos informo de mi interés en recuperar la tarjeta de memoria, en la esperanza de que el desaprensivo que se haya apoderado del aparato pueda dejarla en cualquier rincón del bar.

EL MISMO DÍA POR LA NOCHE:

Tomo una decisión: voy recuperar mi móvil (“hazlo o no lo hagas…pero no lo intentes”).

EL MISMO DÍA POR LA NOCHE, UN POCO MÁS TARDE:

Preparo un escrito dirigido al Juzgado de Instrucción de guardia. En él, tras unas breves explicaciones técnicas, intereso las siguientes diligencias urgentes:

—Que se requiera a todas las operadoras móviles de España aportando los datos sociales de Movistar (Telefónica Móviles España S.A.U.), Vodafone (Vodafone España S.A.), ORANGE (France Telecom España S.A.) y EUSKALTEL (Euskaltel S.A.) a fin de que, con carácter urgente, comuniquen al juzgado cualquier conexión o intento de conexión que en adelante se realice desde el terminal identificado con el número de “International Mobile Equipment Identity” (IMEI) 00000000000 (número figurado), cualquiera que sea la tarjeta SIM empleada. Expresamente se debe establecer que se ocultará al usuario el seguimiento realizado y en ningún caso se bloqueará el terminal.

—Que se requiera en los mismos términos a las compañías que gestionen las estaciones de comunicación BTS.

—Que se requiera a la operadora móvil que detecte cualquier conexión o intento de conexión para que facilite al juzgado la identidad y datos de localización del titular de la SIM que se emplee, así como la localización exacta de la estación que le preste cobertura. Asimismo, deberá facilitar las localizaciones de cobertura que esa misma SIM obtenga aunque sea desde otro terminal.

—Que se oficie al Grupo de Comunicaciones de la Brigada de Investigaciones Tecnológicas de la Policía Nacional a fin de que coordine las investigaciones anteriores.

AL DÍA SIGUIENTE; POR LA MAÑANA:

Presento el escrito ante el juzgado de instrucción de guardia.

HORAS MÁS TARDE:

Providencia del Juez de Guardia, que no acuerda la tramitación como urgentes de las diligencias. Intereso remisión al Juzgado Decano para reparto. Se acuerda.

MEDIADOS DE JULIO:

Reitero mi petición ante el Juzgado al que se ha turnado el procedimiento.

FINALES DE JULIO:

Malas noticias: Por Auto del día 16, el juzgado acuerda la incoación de diligencias previas y al mismo tiempo decreta el sobreseimiento provisional de las actuaciones.


FINALES DE JULIO (MÁS HACIA EL FINAL):

Se notifica la anterior resolución al fiscal.


continúa... leanlo en su blog http://www.alderecho.com/2009/03/no-codiciaras-el-movil-del-projimo/comment-page-2/#comment-871

viernes, marzo 13, 2009

Ojo!! a leer en voz baja!!


Según parece, se especula que el formato electrónico del libro, es decir los e-books, superarán en ventas a los de soporte papel, dentro de algunos años.-
Esto por suerte no lo leyo mi santa pero cabrona madre, bibliotecaria desde hace 30 años y continuando, porque sino creo me quedo huérfano de madre antes de tiempo.-
También se comenta (por lo menos lo hacen en este artículo http://www.elpais.com/articulo/cultura/Libro/electronico/ruegos/preguntas/elpepicul/20090301elpepicul_1/Tes), que los problemas de copia no serán tan grandes como con la música o el soft, debido a la barrera idiomática o a los diferentes formatos existentes.-
Según parece, y ya es una realidad en EEUU, el verdadero conflicto estaría dado con una característica que posee el "Kindle2", lanzado hace dos años por Amazon.com, un libro electrónico que permite la lectura en voz alt de sus textos.-
Como soy un poco corto, lo primero que me pregunté es que tiene que ver que sea en voz alta... bueno, tal como dice el fragmento que cito más abajo, los derechos de audio se pagan aparte, cosa que la empresa que lo desarrollo no estaría muy dispuesta a hacer.-
De todas estas cuestiones "nuevas" o "novedosas" que salen, tiendo a asociarlas con afines que venían sucediendo hasta el día de la fecha.-
En este estado de situación... reitero, mi madre, bibliotecaria por más de 30 años e insistiendo, suele leer cuentos a chicos los días sábados a la mañana... me pregunto???, habrá algún colega penalista que la defienda si los autores se enteran...-
Concluyendo, no se si es bueno o malo, se que se pone el grito en el cielo por tajadas de dinero que son un pelotazo en contra... o acaso a esos chicos que hoy se les lee en voz alta no son los que van a leer a esos autores que se niegan sa esto..., reitero, no se si es bueno, si es malo, si legal o no, pero se los cuento... y en voz alta... je.-

el texto que dije más arriba que citaba es este: "Para liar aún más el asunto, la aparición de Kindle2, a la venta esta semana en EE UU, ha añadido otro fente a la batalla. Puede leer textos en voz alta, lo que ha provocado un nuevo litigio: los derechos de audio han de pagarse aparte, cosa que el dispositivo de Amazon no hace."
Es una noticia de Diario Elpais.com, el título es: "Libro electrónico: ruegos y preguntas
El sector editorial se debate entre el papel y el imparable avance del soporte digital " y la dirección completa es la que cité en el texto.-
Este mismo post, fue publicado por el suscripto en http://derechoinformatico.ning.com read social del derecho informático

jueves, marzo 05, 2009

escribime vos el mail....


Pude leer en Infobae.com, que en Finlandia, se promulgó una ley que permite a las empresas y organismos públicos leer los correos de sus empleados, la excusa, o razón según que opine cada uno, es evitar la filtración de secretos industriales.-
Teniendo como parámetro el reciente fallo de la corte Suprema acá en Argentina, por el denominado caso Halabi, no tendríamos que pensar que estamos ante una violación de la privacidad?
Ojo que soy de los que creen que si la empresa puso sobre aviso a sus empleados que la computadora y el correo institucional que le dio son herramientas de trabajo, el uso de las mismas carece del sentido de privacidad, porque todo lo que allí haga el empleado no es sino cuestiones de la empresa.-
Dicho esto, es que reitero, según el fallo halabi, no estariamos en la Argentina ante un caso inconstitucionalidad por violación al artículo 18 de la Constitución? se acuerdan:
"Artículo 18- Ningún habitante de la Nación puede ser penado sin juicio previo fundado en ley anterior al hecho del proceso, ni juzgado por comisiones especiales, o sacado de los jueces designados por la ley antes del hecho de la causa. Nadie puede ser obligado a declarar contra sí mismo; ni arrestado sino en virtud de orden escrita de autoridad competente. Es inviolable la defensa en juicio de la persona y de los derechos. El domicilio es inviolable, como también la correspondencia epistolar y los papeles privados; y una ley determinará en qué casos y con qué justificativos podrá procederse a su allanamiento y ocupación. Quedan abolidos para siempre la pena de muerte por causas políticas, toda especie de tormento y los azotes. Las cárceles de la Nación serán sanas y limpias, para seguridad y no para castigo de los reos detenidos en ellas, y toda medida que a pretexto de precaución conduzca a mortificarlos más allá de lo que aquella exija, hará responsable al juez que la autorice. "
En fin, tampoco hay que matarse tanto, total... estamos en Argentina... No?
O Justamente por estar en Argentina deberíamos preocuparnos??
Por cierto se la llama Ley Nokia por la presión ejercida por esa empresa para que se promulgue la misma
Bienvenidos